martes, 30 de enero de 2018

[Redacción Médica] Documento del Ministerio de Sanidad con el nº de plazas de personal temporal , casi 100 mil, enviadas por las CCAA para su "OPE extraordinaria" establecida en la Ley de Presupuestos del Estado de 2017, procesos selectivos convencionales con puestos temporales desde antes de 2014

Publicaba Redacción Médica el pasado 26/01/2018 un documento  provisional del Ministerio de Sanidad  que agruparía las cifras recibidas por el momento  de cada comunidad autónoma, entre ellas la Comunidad de Madrid, del número de plazas potenciales por categorías  para las ofertas públicas de empleo extraordinarias según lo  publicado en la Ley de Presupuestos del Estado de 2017,  [que habilita a los Servicios de Salud de las CCAA a ofertar para convocatorias de procesos selectivos de estabilización "del empleo",  procesos selectivos convencionales sin límites por tasa de reposición en cuanto al número de plazas, hasta 2019 incluido,  hasta el 90% de los puestos ocupados por sus temporales durante más de 3 años a fecha de 31/12/2016 y  el 100% de los anteriores a 2005, junto con todas las plazas de los "indefinidos no fijios"  por sentencia, a postestad de decisión final por parte de cada CCAA], haciendo un total de 98.406 plazas repartidas así por cuerpos:
  • 23.400 plazas de personal licenciado sanitario 
  • 50.452 plazas de personal diplomado (A2) y técnico (C1/C2) sanitario
  • 24.554 plazas de personal de gestión y servicios, entre ellos
    • 115 de Técnico Titulado  Superior en Informática (grupo A1)  o equivalente, 18 de ellas de la CCAA de Madrid
    • 172 de Técnico Titulado  Superior en Informática (grupo A2) o equivalente, 29 de ellas de la CCAA de Madrid
    • 128 de Técnico Especialista de Sistemas y Tecnología de la Información (grupo C1) o equivalente, 35 de ellas de la CCAA de Madrid
    • 14 de  Técnico Auxiliar de Sistemas, y Tecnología de la Información (grupo C2), categoría existente sólo en Navarra

El medio avisa que el documento recoge cifras provisionales que pueden sufrir correcciones.


[NOTA DEL EDITOR: En este censo de plazas - presumiblemente de puestos temporales de más de 3 años de antigüedad y que conduciría a la cifra de 19.700 plazas que el Dir. Gral de RRHH del SERMAS ha informado se ofertarán en OPEs mediante la tasa adicinal de "estabilización"- aparecen cifras de categorías de informática de varias CCAA, que para el caso del Servicio Madrileño de Salud corresponden con todos los puestos del personal informático estatutario temporal del SERMAS  de antigüedad  y que está regularizado en las categorías estatutarias de Tecnologías y Sistemas de la Información (en la actualidad es interino en su totalidad tras los recientes procesos de interinización general).  Esto viene a suponer, de confirmarse, que se reabsorberá por una OPE extraordinaria derivada de la nueva ley todas las plazas que fueron y ofertadas en la OPE 2015, siendo presumible, pro tanto, que una nueva convocatoria sustituirá a la anterior, que no llegó a desarrollarse.

Recordemos la extrema situación de temporalidad del colectivo de personal informático estatutario del SERMAS: casi el 80%  no tiene plaza fija en las categorías profesionales de informática del SERMAS pese a llevar la gran mayoría más de 15 años desempeñando estas funciones. Las categorías de informática se crearon muy tarde en esta Comunidad Autónoma (en 2010) y además se dejó fuera de ellas a 1/4 del personal, que sigue en categorías administrativas.

Y, este colectivo de personal informático de tanta experiencia en la organización nunca ha tenido oportunidad de consolidar en categorías propias, demandando esta asociación desde hace años la regularización plena en plantilla orgańica de las categorías de informática y un primer proceso selectivo para adquirir la condición de fijo que sea integral en plazas -con todos los puestos estructurales ya en una plantilla integralmente regularizada- y para la consolidación de su personal, para lo que estos procesos extraordinarios podrían ser una oportunidad si es que se configuran
  • en general como merecen los profesionales de cualquier categoría cuyos puestos de trabajo de más de 3 años serán los que se ofrecen y como sería una lógica respuesta  a las famosas sentencias del Tribunal de Justicia Europeo de 2016 :  con unas bases para estabilizarlos , sin posibilidad en la práctica de que implique el cese de personal -como podrían ser las utilizadas para personal A1 en los procesos de consolidación del INSALUD  de 20021, y en ningún caso como las de la "OPE 2015" del SERMAS y no como las de la "OPE 2015" del SERMAS

  • pero con las particularidades lógicas para  casos muy excepcionales de primer proceso selectivo de una categoría que tiene a casi todo el personal temporal, como la de no venir precedidos por concursos de traslados previo,que conllevaría el probable cese sin oportunidad alguno de personal temporal "longevo" por personal fijo de las categorías estatutarias de informática de otras CCAA donde sí tuvieron los lógicos primeros procesos selectivos de consolidación u orientados consolidación sin concurso de traslados previos

Un grupo de informáticos del SERMAS, junto con otros sanitarios del SERMAS, tiene planteada una serie de demandas personales de reconocimiento de situación de abuso de temporalidad también para la situación de interinidad de vacante prolongada por no haber procedido la AAPP con su cobertura fija en los 3 años marcados por el EBEP , y la demanda de fijeza como la sanción según la normativ y otras sentencias previas europeas para casos de otros países, al no estar contemplada ninguna sanción específica para el abuso en este tipo de personal y ser la medida del derecho laboral general. En estas demandas se solicita al juzgado que se planteen cuestiones prejudiciales al Tribunal de Justicia de la Unión Europea, ante la ausencia de jurisprudencia y ante la aparente violación de la normativa europea por parte de la española]






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1 comentario:

Anónimo dijo...

Las cifras del documento son antes o después de aplicar el 90%?