'CCOO considera que, tal y como se establece en el acuerdo, la disposición transitoria tercera del TREBEP debe considerarse culminada, y, por tanto, concluido el proceso de implantación de las nuevas titulaciones, que establece el MECES, en los procedimientos de acceso a las Administraciones Públicas.
La denuncia de CCOO se materializa como consecuencia de las demoras injustificables que se están produciendo para dar cumplimiento al apartado cuarto del citado acuerdo, sobre la aplicación de la clasificación según el Art. 76 del TREBEP. Ya que en el personal estatutario del SNS no es necesario realizar ningún desarrollo normativo, ni de carácter reglamentario, puesto que sólo pueden prestar servicios en los distintos Servicios de Salud aquellos que acrediten estar en posesión de la titulación académica habilitante para la profesión a desempeñar .