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lunes, 11 de marzo de 2024

Ceses masivos, sin indemnización, de Auxiliares Administrativos tras la resolución final de los procesos por oposición de las OPEs ordinarias de 2017-2019 de Administración General de la Comunidad de Madrid , 760 plazas temporales ya todas más de 5 años

Se ha publicado en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid de este 01/03/2024, la "ORDEN de 1 de marzo de 2024, de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, por la que se nombran 760 funcionarios de carrera del Cuerpo de Auxiliares de Administración General, Grupo C, Subgrupo C2, dela Administración General y Servicios de la Comunidad de Madrid" por la resolución del proceso selectivo  convocado "por Orden 1916/2019, de 7 de junio (B.O.C.M. de 26 de junio), de la entonces Vicepresidencia, Consejería de Presidencia y Portavocía del Gobierno, y ampliándose plazas mediante la Orden 539/2021, de 9 de marzo (B.O.C.M. de 16 de abril), de la entonces Consejería de Hacienda y Función Pública".

 

Dichas convocatorias derivan de  OPEs ordinarias de la Administración General y Servicios de la Comunidad de Madrid de los años 2017 , 2018 y 2019, por tanto , de plazas de funcionarios vacantes de 2016 a parte de 2019 como mucho, con lo que todos los temporales que las sigan ocupando llevan en dichas  vacantes entre 5 y 8 años (y, en muchos casos, como funcionarios interinos de la misma categoría y AAPP muchos más. 

 

[CSIF Galicia Admin. General] 'CSIF gana la primera sentencia en Galicia que reconoce la fijeza de una trabajadora de la Xunta con contrato temporal, en aplicación del reciente fallo del TJUE.CSIF celebra la resolución del Juzgado de lo Social nº 1 de Ourense, que establece la improcedencia del cese de esta trabajadora y le otorga la opción de elegir entre la readmisión o la indemnización correspondiente'

'CSIF Galicia gana la primera sentencia que reconoce la condición de fija a una trabajadora de la Xunta de Galicia (Consellería de Política Social) en aplicación de la reciente sentencia del Tribunal de Justicia de la UE, al considerar el cese como improcedente y dar la opción a la propia trabajadora de elegir entre la readmisión o indemnización correspondiente.

Tras la petición de aclaración de sentencia por parte de los servicios juridícos de CSIF,por haber contradicción entre el fallo y el cuerpo de la sentencia, finalmente la resolución es clara y otorga el derecho de elegir a la trabajadora, no a la administración.

La demandante prestaba sus servicios para la Consellería de Política Social con contrato de interinidad por vacante desde abril de 2013 y, pese a haber solicitado la inclusión de su plaza dentro del proceso de estabilización derivado de la Ley 20/21, fue cesada con fecha del 3 de octubre de 2023.

El fallo dictado por el Juzgado Nº1 de lo Social de Ourense recuerda que el TJUE establece que, a falta de medidas en el derecho nacional para prevenir y sancionar los abusos derivados de la utilización sucesiva de contratos temporales prorrogados sucesivamente, la conversión de estos contratos temporales en fijos puede ser una salida.

[Araúz] 'Otra sentencia que anula el cese de un funcionario interino'

 'El Juzgado de lo CA nº 15 de Madrid ha dictado sentencia de 26/02/2024, que anula el cese de una funcionaria interina de la CCAA de la Comunidad de Madrid.


Declara el derecho de la recurrente a ser restituida en su puesto de trabajo con reconocimiento de su derecho a los salarios dejados de percibir, con los intereses legales correspondientes e imposición de costas a la CCAA de Madrid.'

martes, 5 de marzo de 2024

Recordatorio. Carta abierta al Director General de Recursos Humanos y Relaciones Laborales del SERMAS [ Solicitud sobre procesos selectivos de categorías de S.T.I. del SERMAS: que no haya ceses por el de concurso de méritos y que los siguientes de OPEs ordinarias sean también por concurso de méritos]

 [Recordatorio de entrada publicada el 08/02/2024[NOTA DEL EDITOR PREVIA: CARTA ABIERTA DE APISCAM A L DIIR. GRAL DE RRHH Y RRLL DEL SERMAS , Miguel Ángel Rodríguez Roiloa, registrada este 08/02/2024]

 

Estimado Señor Director General: 

Me dirijo a Vd. como presidente de la Asociación de Profesionales de Informática de Sanidad de la Comunidad de Madrid (APISCAM) -asociación que cuenta entre sus socios con la mayoría del personal informático propio de las instituciones sanitarias del SERMAS-, en primer lugar, dado que es nuestra primera cara dirigida a VD, para darle mi enhorabuena por su nombramiento en este nuevo cargo y desearle éxito en su desempeño, confiando que continúen los estrechos contactos e incluso la mano tendida hacia la problemática de este colectivo de su predecesora en la anterior legislatura.


Muy probablemente su predecesora le trasladara la problemática excepcional de este colectivo que se resumía en el hecho de que un 80% del personal que realiza las funciones de informática en las instituciones sanitarias del SERMAS no se encuentra fijo en las categorías estatutarias de Sistemas y Tecnologías de la Información [S.T.I.] del SERMAS creadas al efecto tras petición de esta asociación , siendo la temporalidad mayoritaria de más de 10 y 15 años.


A ese respecto, en 2021 se publicó la Ley 20/2021 de reducción urgente de la temporalidad pública que, como Vd sabe, obligaba a todas las AAPP a realizar procesos excepcionales por el sistema de concursos de méritos con las plazas estructurales cubiertas temporalmente desde antes 1/1/2016 así como las posibles adicionales de personal temporal con esa antigüedad o superior. 

 

miércoles, 28 de febrero de 2024

Sección 2ª de la Sala de lo Social del TSJ de Madrid sentencia que a una auxiliar administrativa de contrato laboral durante 21 años cesada por el proceso de estabilización anterior del SERMAS le corresponde la indemnización solicitada del indefinido no fijo aunque fuera recontratada como estatutaria temporal a continuación

La Sección 2ª de la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, la misma sección que la de los casos de la sentencia de la importante sentencia del Tribunal de Justicia de la UE de este pasado jueves 22/02/2024  a  los asuntos acumulados C-59/22, C-110/22 y C-159/22 o asuntos "Consejería de Presidencia, Justicia e Interior de la Comunidad de Madrid/UNED/AMAS de la Comunidad de Madrid", ha dictado  una sentencia el 10/01/2024, que se acaba de publicar en el CENDOJ  por el caso de una auxiliar administrativa del SERMAS que fue cesada el 13/03/2023 , tras 21 años de contrato laboral de interinidad, por "la finalización del proceso selectivo para el acceso a plazas de carácter estatuario fijo de la categoría de auxiliar administrativo", es decir,  en fecha 28/03/2023" , siendo a continuación recontratada ya como personal estatutario mediante nombramiento de interinidad en plaza vacante, y que presentó demanda de despido, una vez ya cesada de su contrato laboral, solicitando la indemnización de 20 días por años trabajado con tope 12 mensualidades del indefinido no fijo, condición que debía entenderse era de facto la que tenía en su cese al ser laboral temporal durante más de 3 años , según la doctrina de la Sala de lo Social del Tribunal Supremo desde 28/06/2021 tras las sentencias europeas Sańchez Ruiz e IMIDRA.


 El proceso selectivo  por el que fue cesada había sido convocado en junio de 2018 con el sistema de concurso-oposición y sin indemnización al cese del temporal contemplada alguna, y estaba derivada de  la  OPE  de estabilización 2017 del SERMAS, primera de las tres  Ofertas Públicas de Empleo del SERMAS de "estabilización" con los puestos temporales de más de 3 años a 31/12/0216 (es decir , plazas todas temporales ya más de 9 años),  que se derivaba a su vez de la Ley estatal anterior de 2017 de reducción de temporalidad, un articulado dentro de la  Ley de Presupuestos Generales del Estado 2017 , tras un polémico y previo  acuerdo del Estado con los sindicatos sobre temporalidad del empleo público , que venían a habilitar "tasas" adicionales para realizar ofertas de empleo público, denominadas de "estabilización", pero sin imponer o habilitar ningún sistema especial, siendo convencionales por tanto las convocatorias derivadas de estas OPEs, así como ninguna indemnización al personal interino o laboral temporal que acabara cesado por ellas, por muchos años que llevara.
 

jueves, 22 de febrero de 2024

[El Períódico] Función Pública de Cataluña informa del resultado del concurso de méritos de la ley 20/2021 en los entes de su competencia: más del 90% de las plazas para personal interino, mil cesados de los que 475 recibirán una indemnización con un coste total de 7 millones de euros

 Informaba El Periódico este 20/02/2024 de la rueda de prensa que ha dado  la secretaria de Administració i Funció Pública, Alicia Corral,  sobre los resultados e del  Concurso de méritos  de su Administración General y resto de entes competencia de su Secretaría de Función Pública de la Generalitat de Cataluña , que fueron convocados en Junio de 2022 dentro los procesos de Estabilización según la ley estatal 20/2021 para personal funcionario y laboral de la Generalitat  en la AAPP competencia de su Dirección General de Función Pública [eran de 9.459 plazas sólo de funcionarios y laborales en  la propia Admin General]:

jueves, 8 de febrero de 2024

Carta abierta al Director General de Recursos Humanos y Relaciones Laborales del SERMAS [ Solicitud sobre procesos selectivos de categorías de S.T.I. del SERMAS: que no haya ceses por el de concurso de méritos y que los siguientes de OPEs ordinarias sean también por concurso de méritos]

[NOTA DEL EDITOR PREVIA: CARTA ABIERTA DE APISCAM A L DIIR. GRAL DE RRHH Y RRLL DEL SERMAS , Miguel Ángel Rodríguez Roiloa, registrada este 08/02/2024]

 

Estimado Señor Director General: 

Me dirijo a Vd. como presidente de la Asociación de Profesionales de Informática de Sanidad de la Comunidad de Madrid (APISCAM) -asociación que cuenta entre sus socios con la mayoría del personal informático propio de las instituciones sanitarias del SERMAS-, en primer lugar, dado que es nuestra primera cara dirigida a VD, para darle mi enhorabuena por su nombramiento en este nuevo cargo y desearle éxito en su desempeño, confiando que continúen los estrechos contactos e incluso la mano tendida hacia la problemática de este colectivo de su predecesora en la anterior legislatura.


Muy probablemente su predecesora le trasladara la problemática excepcional de este colectivo que se resumía en el hecho de que un 80% del personal que realiza las funciones de informática en las instituciones sanitarias del SERMAS no se encuentra fijo en las categorías estatutarias de Sistemas y Tecnologías de la Información [S.T.I.] del SERMAS creadas al efecto tras petición de esta asociación , siendo la temporalidad mayoritaria de más de 10 y 15 años.


A ese respecto, en 2021 se publicó la Ley 20/2021 de reducción urgente de la temporalidad pública que, como Vd sabe, obligaba a todas las AAPP a realizar procesos excepcionales por el sistema de concursos de méritos con las plazas estructurales cubiertas temporalmente desde antes 1/1/2016 así como las posibles adicionales de personal temporal con esa antigüedad o superior. 

 

Así, en la correspondiente OPE 2022 del SERMAS derivada de dicha Ley 20/2021 se contabilizaron 110 plazas vacantes cubiertas por personal temporal de las 3 categorías de S.T.I. o “de informática” que fueron convocadas por el sistema de concurso de méritos, un número de plazas que coincide con el del personal en las categorías de S.T.I. temporal desde antes de 2016 según nuestro datos, y que, ciertamente es muy importante en proporción al número de plazas de las 3 categorías ocupadas por interinos según los datos del Portal Estadístico del SERMAS a 31/12/2023, 124 . Entendemos que aquí se cumplió la ley en cuanto a la contabilización de plazas. 

Pero con las calificaciones definitivas de dicho concurso de méritos del SERMAS , ya publicadas para las 3 categorías de STI , se observa que hasta 17 personas que ya están en las categorías de S.T.I, con antigüedades de entre 5 y 10 años, han quedado desplazadas por personal de categorías equivalentes de otros servicios de Salud o por candidatos ajenos al SERMAS presentados al cupo de discapacidad. Sin duda es una cifra muy relevante en comparación con las 160 personas de plantilla en el SERMAS las 3 categorías según el Portal Estadístico de Personal, y , dada la actual trascendencia de las labores desarrolladas y experiencia atesorada por este personal, no se entendería que con las tomas de posesión hubiera ceses y , menos de ese volumen.


Así, en primer lugar SOLICITAMOS, trasladando una observación que nos hizo llegar precisamente su precedesora, que, haciendo uso del número amplio de vacantes libres que ciframos en bastante más de 20 entre las 3 categorías, no tenga lugar ningún cese de personal de estas categorías como consecuencia de este proceso de “estabilización”.


Por otro lado, hemos leído la nota de prensa reciente de la Consejería de Sanidad de 31/01/2024 en la que se afirma que “la Comunidad de Madrid agilizará la oposición por concurso de méritos de 2022 y 2023 para la estabilización de facultativos y personal de enfermería especialistas del Servicio Madrileño de Salud” y “de cara a futura convocatorias estamos buscando fórmulas, similares a las planteadas en otras comunidades autónomas, que faciliten al máximo el acceso de nuestros profesionales a una plaza en el SERMAS”. 

jueves, 25 de enero de 2024

[CCOO Sanidad Madrid] 'Una sentencia firme del Tribunal Supremo abre la puerta al pago de más de más de un millón de euros en indemnizaciones por despidos irregulares de interinos en el Hospital de Fuenlabrada.La Comunidad de Madrid tendrá que indemnizar a, al menos 40, de los 71 profesionales cesados por la Dirección del centro, que presentaron demanda por cese irregular'

'La Sala de lo Social del Tribunal Supremo  ha estimado el recurso de casación para la unificación de doctrina interpuesto por CCOO Sanidad Madrid contra la sentencia dictada por el Tribunal Superior de Justicia de Madrid, que permitía que el Hospital de Fuenlabrada despidiera a una trabajadora interina de mayor antigüedad que otros contratados/as interinos para cubrir los puestos de los 410 opositores/as que consiguieron plaza fija en la OPE de 2019, y desestima el recurso formulado por el Gobierno de Ayuso condenando a costas del recurso de suplicación a la Administración regional.

El Hospital de Fuenlabrada, en 2022, despidió a 71 trabajadores/as interinos/as de mayor antigüedad para cubrir los puestos de los opositores que han conseguido las plazas fijas que se convocaron en la Oferta de Empleo Público (OPE), aprobada con motivo de la ley estatal de estabilización de los empleados públicos. El criterio legal establece que debe abandonar su puesto el personal no fijo de menor a mayor antigüedad.

Cuarenta de los 71 profesionales cesados en el Hospital de Fuenlabrada demandaron a la Consejería de Sanidad, responsable final y subsidiaria de esta decisión, que CCOO consideraba ilegal. Todos los casos juzgados se fueron ganando y recurriéndose por el Gobierno de Ayuso. CCOO estima así que las compensaciones económicas que tendrá que desembolsar la Comunidad de Madrid por la irregularidad en estos ceses, estará en torno a 1.120.000 euros.

martes, 23 de enero de 2024

[Araúz] Juzgado de lo Social nº 10 de Madrid sentencia la improcedencia del despido de una trabajadora temporal de la C. de Madrid

 'Los órganos judiciales siguen dándonos la razón y declarando la improcedencia de los despidos de empleados públicos temporales.

 Ahora ha sido el Juzgado de lo Social N.º 10 de Madrid, que en sentencia de 12 de enero de 2024 declara la improcedencia del despido de una trabajadora de la Consejería de Economía de la Comunidad Autónoma de Madrid que acreditaba 5 de años de servicios continuados, obligando a la Consejería a readmitir a la trabajadora, con todos los salarios de tramitación o a abonarle la indemnización legal.'

lunes, 15 de enero de 2024

[Araúz] 'Juzgado de lo Social de Madrid sentencia la improcedencia del despido de una trabajadora temporal de la C. de Madrid'

'El Juzgado de lo Social nº 5 de Madrid, en Sentencia de 22 de diciembre de 2023, declara la improcedencia del despido de una trabajadora temporal de la Consejería de Economía de la CAM -pese a que después del despido, había sido nuevamente contratada por la CAM, cuyo contrato se mantiene- y obliga a la CAM a optar entre la readmisión de la trabajadora, con abono de los salarios de tramitación, o una indemnización equivalente a 45 días por año de servicio y de 33 días a partir del 12/02/2012, hasta la fecha de su nuevo contrato.

martes, 9 de enero de 2024

[Araúz] Juzgado Contencioso Administrativo n º 3 de Madrid anula el cese de una funcionaria interina por haber sido cesada sin proceso de cobertura de puesto reglamentario

'El Juzgado Contencioso nº 3 de Madrid, ha dictado sentencia el 19 de diciembre de 2023, en la que anula el cese de una funcionaria interina de la CAM del cuerpo de técnicos superiores, debido a que su plaza no fue ocupada por un funcionario de carrera por los procedimientos reglamentarios.

martes, 24 de octubre de 2023

Recordatorio [Arauz] Juzgado Contencioso Administrativo n º 30 de Madrid anula el cese de una funcionaria interina de la Comunidad de Madrid por estar en abuso de temporalidad y haber sido cesada por promoción interna o concurso de traslados

[Recordatorio de entrada publicada el 16/10/2023

'EL Juzgado de lo C-A nº 30 de Madrid ha dictado sentencia del 5 de octubre de 2023 en la que, reconociendo el abuso, declara la nulidad del cese de una funcionaria interina argumentando que los interinos de larga duración no pueden ser cesados a través de una promoción interna o de un concurso de traslados restringido a los funcionarios de carrera, en los que los interinos no pueden participar.

lunes, 16 de octubre de 2023

[Arauz] Juzgado Contencioso Administrativo n º 30 de Madrid anula el cese de una funcionaria interina de la Comunidad de Madrid por estar en abuso de temporalidad y haber sido cesada por promoción interna o concurso de traslados

'El Juzgado de lo C-A nº 30 de Madrid ha dictado sentencia del 5 de octubre de 2023 en la que, reconociendo el abuso, declara la nulidad del cese de una funcionaria interina argumentando que los interinos de larga duración no pueden ser cesados a través de una promoción interna o de un concurso de traslados restringido a los funcionarios de carrera, en los que los interinos no pueden participar.

Por tanto, la sentencia confirma el criterio que Araúz ha mantenido siempre, no solo en cuanto declara la nulidad de los ceses que traen causa de estos procesos de movilidad vertical y horizontal entre funcionarios de carrera, sino porque apoya la tesis de que los procesos de acceso para el personal temporal convocados al amparo de la Ley 20/2021 no pueden ir precedidos de promociones internas y de concursos de traslados, sino que todas las plazas incluidas en el ámbito de aplicación de las DA 6ª y 8ª debe convocarse a través de un concurso de méritos.'
 

lunes, 7 de agosto de 2023

Recordatorio. Ceses masivos sin indemnización en el SEPE tras la resolución final del proceso de "Estabilización" del Cuerpo de Gestión de la Administración del Estado con 408 plazas temporales de antes de 2015 según las leyes anteriores de 2017 y 2018. Se convocaron un mes antes del "Icetazo" que introducía la indemnización al cese por procesos de estabilización y medio año antes de la nueva ley 20/2021 por la que tendrían que haber sido convocadas a concurso de méritos puro.

 [Recordatorio de entrada publicada el 28/072023]

Se ha publicado en el Boletín Oficial del Estado de este 26/07/2023, la resolución de la Secretaría de Estado de Función Pública, por la que se nombra personal funcionario de carrera en el proceso de estabilización de empleo temporal del Cuerpo de Gestión de la Administración Civil del Estado, que era de 408 plazas aunque sólo se han adjudicado 277 plazas -casi todas del Servicio Público de Empleo Estatal [SEPE], organismo autónomo del Ministerio de Trabajo y Economía Social,  además de 3 del Ministerio de Política Territorial-  proceso que había sido convocado el 28/05/2021 con las 405 plazas de este Cuerpo de la OPE 2018 de estabilización según ley de Presupuestos Generales [PGE] de 2017  (que tenía un total de 2.862 plazas) 3 plazas de la OPE 2019 de estabilización según ley de PGE de 2018  (que tenía un total de   2.538 plazas ).

Es decir, se trataban de proceso  de "estabilización" de plazas derivados de las anteriores leyes estatales de estabilización , por tanto todas más de 3 años temporales a 31/12/2017, es decir, todas plazas temporales de antes de 2015, y que había sido convocados

  • pocos más de un mes antes de la publicación,del Real Decreto-ley 14/2021 del Gobierno del Estado que introducía una pequeña indemnización de 20 días por año con tope de 12 mensualidades para cesados por (futuras) convocatorias de procesos de estabilización
  • medio año antes de  la publicación de la ley 20/2021 de reducción de temporalidad , que establecía la novedad de la obligación de convocar a un concurso de ḿeritos excepcional las plazas temporales de antes de 2016 y , sin excepciones, las de todos los temporales que lo fueran de antes de 2016, sistema por la que la AGE habría tenido que convocar todas estas plazas del SEPE si no hubiera realizado la convocatoria del  concurso oposición o decidido mantener dicha convocatoria

martes, 1 de agosto de 2023

[Araúz] Juzgado Contencioso de Madrid sentencia nulo el cese de un funcionario interino por no haber sido por la toma de posesión de funcionario de carrera

'El Juzgado de lo Contencioso Administrativo nº 33 de Madrid ha dictado sentencia el 25 de julio de 2023, declarando la nulidad del cese de un funcionario interino cuando su puesto no se adjudica a un funcionario de nuevo ingreso, estableciendo que las únicas causas que permiten el cese de un funcionario interino en un puesto vacante son 

  • 1. la toma de posesión de un funcionario de carrera de nuevo ingreso; 
  • 2. o la amortización de la plaza, 

siendo nulos los ceses acordados por vencimiento del plazo o por el nombramiento en el puesto de otro empleado público temporal.
 

viernes, 28 de julio de 2023

Ceses masivos sin indemnización en el SEPE tras la resolución final del proceso de "Estabilización" del Cuerpo de Gestión de la Administración del Estado con 408 plazas temporales de antes de 2015 según las leyes anteriores de 2017 y 2018. Se convocaron un mes antes del "Icetazo" que introducía la indemnización al cese por procesos de estabilización y medio año antes de la nueva ley 20/2021 por la que tendrían que haber sido convocadas a concurso de méritos puro.

Se ha publicado en el Boletín Oficial del Estado de este 26/07/2023, la resolución de la Secretaría de Estado de Función Pública, por la que se nombra personal funcionario de carrera en el proceso de estabilización de empleo temporal del Cuerpo de Gestión de la Administración Civil del Estado, que era de 408 plazas aunque sólo se han adjudicado 277 plazas -casi todas del Servicio Público de Empleo Estatal [SEPE], organismo autónomo del Ministerio de Trabajo y Economía Social,  además de 3 del Ministerio de Política Territorial-  proceso que había sido convocado el 28/05/2021 con las 405 plazas de este Cuerpo de la OPE 2018 de estabilización según ley de Presupuestos Generales [PGE] de 2017  (que tenía un total de 2.862 plazas) 3 plazas de la OPE 2019 de estabilización según ley de PGE de 2018  (que tenía un total de   2.538 plazas ).

Es decir, se trataban de proceso  de "estabilización" de plazas derivados de las anteriores leyes estatales de estabilización , por tanto todas más de 3 años temporales a 31/12/2017, es decir, todas plazas temporales de antes de 2015, y que había sido convocados

  • pocos más de un mes antes de la publicación,del Real Decreto-ley 14/2021 del Gobierno del Estado que introducía una pequeña indemnización de 20 días por año con tope de 12 mensualidades para cesados por (futuras) convocatorias de procesos de estabilización
  • medio año antes de  la publicación de la ley 20/2021 de reducción de temporalidad , que establecía la novedad de la obligación de convocar a un concurso de ḿeritos excepcional las plazas temporales de antes de 2016 y , sin excepciones, las de todos los temporales que lo fueran de antes de 2016, sistema por la que la AGE habría tenido que convocar todas estas plazas del SEPE si no hubiera realizado la convocatoria del  concurso oposición o decidido mantener dicha convocatoria

martes, 25 de julio de 2023

[Gob. de Andalucía] 'La Junta convocará 778 plazas por concurso para estabilizar a interinos de larga duración. Acuerda con los sindicatos la oferta extraordinaria de empleo público, que será aprobada el próximo Consejo de Gobierno y utiliza la vía incluida en la nueva Ley de Función Pública '

 'La Consejería de Justicia, Administración Local y Función Pública convocará por concurso 778 plazas de la Administración General de la Junta (704 de funcionarios y 74 de laborales) para estabilizar a interinos de larga duración que no obtuvieron plaza en anteriores ofertas extraordinarias. El Consejo de Gobierno aprobará el decreto de este proceso, tras el acuerdo alcanzado con los sindicatos en la Mesa Sectorial y la Comisión del VI Convenio Colectivo del Personal Laboral.

Esta nueva oferta da la oportunidad a los interinos que fueron cesados tras tomar posesión las personas que superaron los procesos anteriores, convocadas por concurso-oposición. El sistema selectivo será el de concurso y consistirá en calificar los méritos alegados y acreditados por las personas aspirantes, todo ello respetando los principios de libre concurrencia, igualdad, mérito, capacidad y publicidad.

 

jueves, 6 de julio de 2023

[Gob. de Andalucia] 'La Junta cerrará este mes con los sindicatos las plazas a convocar por concurso para estabilizar a interinos de larga duración. [ El Real Decreto-Ley 5/2023 del Estado "da garantías para convocar procesos extraordinarios de estabilización de plazas estructurales ocupadas a 31 diciembre 2021 por interinos con una relación laboral temporal anterior al 1 enero 2016"]

'La Consejería de Justicia, Administración Local y Función Pública cerrará este mes con los sindicatos las plazas de empleo público que se convocarán por concurso para estabilizar a interinos de larga duración. Para velar por las máximas garantías de los procesos, ya se ha constituido una comisión de seguimiento.

El consejero José Antonio Nieto ha recordado que durante la tramitación parlamentaria de la Ley de Función Pública, se incluyó una disposición adicional para poder utilizar la fórmula del concurso de méritos que abrió el Gobierno central en 2021 para dar una solución a los interinos de larga duración que no habían podido beneficiarse de esta vía, ya que las plazas que ocupaban fueron convocadas antes por concurso-oposición, que era la fórmula permitida entonces.

lunes, 3 de julio de 2023

[SEPMA] Conferencia de Javier Arauz sobre el proceso de estabilización previsto en la Ley de Función Pública de Andalucía [también acabó abordando el Real Decreto-Ley 5/2023 del Estado publicado ese mismo día, ambas normas con nuevos concursos de méritos de la Ley 20/2021 "escoba" por los procesos de estabilización de leyes anteriores convocados continuados]

El sindicato de empleados públicos de Málaga SEPMA  ha publicado en Youtube la conferencia del conocido abogado Javier Araúz que organizó este sindicato y tuvo lugar el pasado 29/06/2023 sobre el proceso de estabilización previsto en la Ley 5/2023 de Función Pública de Andalucía, que recordemos ha acabado incluyendo una disposición adicional planteada para dar una "solución" a la situación de los  1.049 interinos de su Administración General  cesados por la resolución de los concursos-oposición derivados de la normativa  de "estabilización" de las leyes de Presupuestos de 2017 y 2018 que fueron convocados como concurso con oposición por la Junta de Andalucía poco antes de la entrada en vigor nueva  Ley estatal 20/2021 de reducción de temporalidad pública, ley por la que tendrían que haber convocado todas esas plazas [ por definición anteriores a 2015 y por tanto a 2016] bajo la modalidad excepcional de concurso de méritos puro, sólo ya por la disposición adicional 6ª de la Ley estatal 20/2021.. 

Como es habitual en las conferencias de Javier Araúz, éste realiza una repaso además de la situación del asunto del abuso de temporalidad pública en España, para la que la sentencia de 19/03/2023 del Tribunal Europeo por demandas bajo su gabinete de empleados públicos del SERMAS ha resultado de especial trascendencia, y  que pueden resultar de interés al personal público en abuso de temporalidad  de cualquier AAPP. También es el abogado de uno de los casos con cuestión prejudicial admitida a trámite por el Tribunal de Justicia europeo , planteada por el Juzgado contencioso-administrativo de Barcelona donde se cuestiona precisamente que valga ante la normativa europea tanto la doctrina de la Sala de lo Contencioso del Supremo ante el abuso de temporalidad en el empleo público como la citada Ley 20/2021, reacciones nacionales por ahora las  sentencias europeas.