Mostrando entradas con la etiqueta Plataforma Interinos. Mostrar todas las entradas
Mostrando entradas con la etiqueta Plataforma Interinos. Mostrar todas las entradas

miércoles, 6 de marzo de 2024

[Coordinadora Madrileña de EE.PP. en Fraude de Ley] Concentración el jueves 14 de marzo a las 18:00 h "Europa lo tiene claro. Fijeza Ya!"

'La Coordinadora Madrileña convoca CONCENTRACIÓN ANTE EL MINISTERIO DE JUSTICIA, el JUEVES 14 DE MARZO A LAS 18:00 H.*

C/ San Bernardo, 45  MADRID

¡SI LLEVAS MÁS DE TRES AÑOS, ESTÁS EN ABUSO DE TEMPORALIDAD!

Si hay ORGANIZACIONES (ya sea de la Comunidad de Madrid o de otra CCAA) que quieran dar su apoyo, por favor rellenad el formulario:

jueves, 29 de febrero de 2024

[EPA] Comunicado tras la sentencia del TJUE del 22/02/2024 [Nueva denuncia ante la CE por infracción del derecho de la UE ante la vigencia de la Ley 20/2021]

'Es realmente tranquilizador ver que la sentencia del TJUE del 22-02-2024, sobre las cuestiones prejudiciales del abuso de temporalidad que han llegado a Europa a través del Tribunal Superior de Justicia (TSJ) de Madrid da la razón a todas las pretensiones que EPA – EMPLEADOS PÚBLICOS EN ABUSO, ha presentado a través del despacho de Navas & Cusí ante la Comisión Europea (CE) en el proceso abierto contra el Reino de España. Y más concretamente a través del escrito que presentó directamente ante la CE el 28-01-2024, donde explica de manera pormenorizada porqué la normativa interna española es contraria a la legislación de la Unión Europea (UE).

El funcionamiento de las Instituciones Europeas entre sí y hacia los Estados Miembros, es muy complicado y está lleno de entresijos. Sólo especialistas en Derecho Comunitario como el Sr. Navas y su equipo saben cómo, cuándo y hacia dónde, deben moverse, así como los procesos a instigar en cada momento para conseguir sus objetivos.

lunes, 22 de enero de 2024

[PI Castilla-La Mancha/Solidaridad Obrera] 'La Plataforma de Interinos de Castilla-La Mancha y el sindicato Solidaridad Obrera inician una campaña de financiación para impugnar la OPE 2023 de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha'' [ por incumplimiento del Real Decreto-Ley 5/2023 del Estado]

 'En respuesta a la reciente publicación del acuerdo de 19/12/2023, del Consejo de Gobierno, por el que se aprueba la Oferta de Empleo Público (OPE) de la Administración de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha para el año 2023, la Plataforma de Interinos de Castilla-La Mancha, en colaboración con el sindicato Solidaridad Obrera, han anunciado el lanzamiento de una campaña conjunta para recaudar fondos y llevar a cabo la impugnación de la mencionada OPE.

La Plataforma de Interinos, reconocida por su trabajo continuo en la defensa de los derechos laborales de los trabajadores temporales, ha estado en comunicación con Solidaridad Obrera, especialmente presente en el SESCAM para reeditar su ya larga historia de colaboraciones en la defensa de este colectivo. Ambas organizaciones tienen experiencia previa en impugnaciones, habiendo culminado con éxito las campañas de financiación que precedieron a las impugnaciones de las OPE de los años 18,19 y 22, estando esta última actualmente en curso a la espera de respuesta de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha a pruebas documentales solicitadas por la sala del Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha que ha visto indicios de supuestas irregularidades en el cumplimiento de lo estipulado en la Ley 20/2021 y que forma parte del núcleo central de la demanda interpuesta por ambas organizaciones.

jueves, 18 de enero de 2024

[PTCYL] 'Representantes de la Plataforma de Trabajadores Temporales de CyL se reúne con el equipo del Procurador del Común ante un nuevo incumplimiento de la Junta de Castilla y León de la normativa estatal en materia de medidas para reducir la temporalidad en las administraciones públicas'

'La Junta de Castilla y León ha vuelto a incumplir sus obligaciones, al no publicar antes de fin del 2023, la oferta extraordinaria de empleo público para la segunda consolidación de sus trabajador s, según dispone el artículo217 del Real Decreto–ley 5/2023 de 28 de junio, por el que, el Gobierno contempla una tasa adicional para que todas las Administraciones públicas continúen con los procesos de estabilización.

La intención del artículo 217 del RDL 5/2023 es dar solución a los agravios que las propias administraciones han ocasionado a aquellos interinos con mayor antigüedad, que fueron los primeros afectados por la aplicación del las ofertas de empleo correspondientes a los años 2017 y 2018, publicados con extrema urgencia y previamente a la aprobación de la Ley 20/2021 y por las que muchos de ellos, lejos de estabilizar, perdieron sus puestos de trabajo. 

 

jueves, 4 de enero de 2024

[Heraldo de Aragón] Empleados públicos con el apoyo de la Asociación de Veterinarios Oficiales de Aragón (AVOA) y el Colectivo de Interinos presentan denuncia penal ante la Fiscalía contra los responsables del gobierno anterior y actual de Aragón ante el incumplimiento de las ley 20/2021 y RDL 5/2023 del Estado en la Administracion General de Aragón

Informa el Heraldo de Aragón este 03/01/2023 que en el día de ayer 20 empleados públicos con el apoyo de la Asociación de Veterinarios Oficiales de Aragón (AVOA) y la plataforma  "Colectivo de Interinos", ajenos al sindicato STEPA, han  presentado ante la Fiscalía denuncia penal por "prevaricación, malversación o desobediencia" contra los responsables del anterior y el actual Gobierno de Aragón  por la situación de abuso de temporalidad de la Administración General de la CCAA de Aragón, cifrada en un 51%  de interinos, y que pese a las inmensas duraciones de la temporalidad de la mayoría de ellos- más de 15 años en el caso de los 20 denunciantes- dichos Gobiernos han incluido a procesos de estabilización por concurso de méritos un número de plazas mucho menor que las que deberían incluir para cumplir con lo establecido por la ley 20/2021 y el Real Decreto-Ley 5/2023 .

viernes, 15 de diciembre de 2023

[Plataforma de la Judicatura Interina] 'La Judicatura Interina solicita al Ministerio de Justicia y al CCPJ la inmediata y urgente convocatoria de un proceso de estabilización' [para cumplir con la Ley 20/2021]

'Al no haber sido aún convocado ningún proceso de estabilización para la Judicatura Interina, hemos presentado una instancia ante el Ministerio de Justicia y en el Consejo General del Poder Judicial en la que solicitamos una convocatoria de estabilización inmediata y urgente.

Consideramos que es una discriminación que, aun permitiéndolo la Ley 20/2021, no se haya posibilitado un procedimiento extraordinario de concurso para nuestro cuerpo de la Administración de justicia. Un procedimiento que ayudaría a cubrir el déficit estructural de 563 plazas que a día de hoy existe en la carrera judicial y que, se estima, será de 1899 en la próxima década.

lunes, 3 de julio de 2023

[STEPA] 'Casi 200 empleados temporales con hasta 30 años de servicio, afiliados al sindicato, han presentado una demanda en la que piden la nulidad del Decreto [del Gobierno de Aragón] por el que se convocó la Oferta Especial de Empleo [de su Administración General] con solo 571 plazas de estabilización (apenas el 14 %), por “incontestable fraude de ley y mala fe” . STEPA reclama además que se incorporen todas las plazas omitidas de las ofertas de empleo anteriores todavía en curso y evitar así ceses de trabajadores en abuso derivados de estos procesos ordinarios y sin ningún tipo de indemnización.'

 [29/06/2023] 'La demanda presentada al Tribunal Superior de Justicia de Aragón por unos 200 empleados del Gobierno de Aragón y el sindicato STEPA reclama la nulidad de la oferta pública de empleo de estabilización para cubrir 571 plazas en la Administración General autonómica, dentro del proceso abierto por la Ley 20/2021 para regularizar a los trabajadores en abusode temporalidad y reducir esta al 8% (en la actualidad es casi del 50%). El recurso legal demuestra que son, al menos, 4.089 los puestos que deberían haberse incluido, por lo que se pide a los jueces que esta OPE “pase a incorporar todas las plazas que reúnan los requisitos previstos”, lo que también conlleva sacar de cualquier otra convocatoria en marcha las que deberían haberse incluido en esta.

Además de por vulnerar la Ley 20/2021 en la determinación de plazas, los fundamentos de derecho argumentan que la oferta recurrida también es nula de pleno derecho por “no haberse observado en su procedimiento de elaboración trámites esenciales” y por “carecer de la mínima motivación jurídica exigible”.

La demanda se basa en documentos y datos del propio Gobierno de Aragón, por lo que resalta que “el fraude y la mala fe son incontestables” y evidencia cómo el Gobierno cuatripartito de Javier Lambán tuvo la intención expresa de “evitar, en la medida de lo posible, la aplicación de la citada norma, vaciándola de contenido al reducirla, por razón de las plazas ofertadas, a la mínima expresión”.


LA OPE SOLO INCLUYE EL 14% DE LAS PLAZAS

La oferta de empleo recurrida proviene de la Ley 20/2021 de Medidas Urgentes para la Reducción de la Temporalidad en el Empleo Público, que obliga a todas las administraciones a convocar procesos extraordinarios de estabilización de sus trabajadores temporales en abuso: mediante concurso de méritos para los que han ocupado su plaza durante más de seis años y por concurso-oposición para los que llevan entre tres y seis. Así se busca cumplir con las exigencias de la Unión Europea de reducir el índice de temporalidad en el sector público y sancionar la utilización de contratos temporales para cubrir plazas que deberían ser permanentes, al igual que las sanciones existentes en el sector privado.

viernes, 19 de mayo de 2023

[STEPA] 'Campaña dirigida a los partidos políticos para que firmen el siguiente compromiso: Identificar todas las plazas que cumplían los requisitos establecidos por la Ley 20/2021, priorizando su ejecución sobre otras OPEs y no ofertando sus plazas en ningún otro sistema de provisión de puestos'

'Ayer, 17 de mayo, en aplicación de la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo público enviamos a los diferentes partidos políticos el siguiente compromiso, considerando que a pesar de que el plazo para la aprobación y publicación de la Oferta de Empleo para la Estabilización finalizó el 1 de junio de 2022, deben:

1.- Identificar todas las plazas que cumplían los requisitos establecidos por la Ley 20/2021 a la fecha de su entrada en vigor, y en el caso de que existan plazas que no hayan sido incluidas por el Gobierno de Aragón en la Oferta de Empleo Público proceder a su inclusión.

2.- Priorizar la ejecución de esta Oferta de Estabilización sobre el resto de Ofertas de Empleo Público (OEP), agilizando la ejecución de todas las convocatorias derivadas de estas OEP en el menor plazo de tiempo posible y antes de 31/12/2024, cumpliendo con la normativa vigente, y no ofertando dichas plazas en ningún otro sistema de provisión de puestos.

3.- Dotar a la Administración de los medios y mecanismos necesarios para llevar a cabo los procesos selectivos y los procedimientos de provisión de puestos de trabajo con el objetivo de reducir la temporalidad.


¿Quiénes lo firmarán?


Reivindicamos desde hace más de cuatro años, una SOLUCIÓN JUSTA, LEGAL Y A COSTE CERO para los más de 17.000 empleados públicos temporales en abuso de temporalidad del Gobierno de Aragón

La temporalidad del Gobierno de Aragón afecta en la actualidad al 49,5 % de la plantilla según los últimos datos del boletín estadístico del Gobierno de Aragón. El sector de Administración general es el más afectado con el 55 % de temporalidad, seguido del SALUD con el 47 % y de Educación con el 45 %. 

jueves, 11 de mayo de 2023

Recordatorio. La Defensora del Pueblo de la UE decide archivar un asunto de investigación, derivado de una queja de EPA, sobre la forma en que la Comisión Europea trata denuncias sobre abuso de temporalidad pública española. Afirma que "no aprecia mala administración en este asunto" sin mencionar que haya investigado el plazo "irrazonable" que la Comisión lleva abierta la denuncia múltipe CHAP(2013)01917

 [Recordatorio de entrada publicada el 03/05/2023] Se ha publicado recientemente la decisión del 20/04/2023 de  la Defensora del Pueblo  (  OMBUDSMAN) de la Unión Europea al asunto nº 1813/2022/PGP, una investigación de la Defensora del Pueblo aparentemente  (tiene igual numeración principal)  derivada de la reclamación de la Asociación Nacional, y Lobby europeo, Empleados Públicos en Abuso [EPA] sobre "la forma en que la Comisión Europea tramitó denuncias relativas a la vulneración por parte de España del Derecho de la Unión Europea en materia de contratos de trabajo de duración determinada" [es decir, temporales].

En concreto, según el propio texto de la decisión a este asunto,  la Defensora del Pueblo de la UE, la demandante alegó en su reclamación ante esta figura que "la Comisión había facilitado información contradictoria" sobre el estado de dos denuncias que había realizado la demandante ante la Comisión Europea en relación al abuso de temporalidad en el empleo público español y que la Comisión Europea no había concluido "en un plazo razonable" la evaluación de la denuncia múltiple CHAP(2013)01917, procedimiento de denuncia que la Comisión decidió aplicar  "tras recibir un número significativo de denuncias por infracción relativas al presunto abuso de contratos de trabajo de duración determinada en el sector público español", "iniciando posteriormente un procedimiento de infracción".

Según el texto publicado "la Defensora del Pueblo inició una investigación sobre la información que la Comisión facilitó a la demandante acerca del estado de sus dos denuncias" , información donde la Comisión básicamente se limitaba a reiterar que  "ya estaba examinando la cuestión, en el contexto de la denuncia múltiple" CHAP(2013)01917 y a facilitar el enlace a su página web específica sobre denuncias múltiples para que EPA pudiera seguir allí el estado de dicha denuncia múltiple.

miércoles, 3 de mayo de 2023

La Defensora del Pueblo de la UE decide archivar un asunto de investigación, derivado de una queja de EPA, sobre la forma en que la Comisión Europea trata denuncias sobre abuso de temporalidad pública española. Afirma que "no aprecia mala administración en este asunto" sin mencionar que haya investigado el plazo "irrazonable" que la Comisión lleva abierta la denuncia múltipe CHAP(2013)01917

Se ha publicado recientemente la decisión del 20/04/2023 de  la Defensora del Pueblo  (  OMBUDSMAN) de la Unión Europea al asunto nº 1813/2022/PGP, una investigación de la Defensora del Pueblo aparentemente  (tiene igual numeración principal)  derivada de la reclamación de la Asociación Nacional, y Lobby europeo, Empleados Públicos en Abuso [EPA] sobre "la forma en que la Comisión Europea tramitó denuncias relativas a la vulneración por parte de España del Derecho de la Unión Europea en materia de contratos de trabajo de duración determinada" [es decir, temporales].

En concreto, según el propio texto de la decisión a este asunto,  la Defensora del Pueblo de la UE, la demandante alegó en su reclamación ante esta figura que "la Comisión había facilitado información contradictoria" sobre el estado de dos denuncias que había realizado la demandante ante la Comisión Europea en relación al abuso de temporalidad en el empleo público español y que la Comisión Europea no había concluido "en un plazo razonable" la evaluación de la denuncia múltiple CHAP(2013)01917, procedimiento de denuncia que la Comisión decidió aplicar  "tras recibir un número significativo de denuncias por infracción relativas al presunto abuso de contratos de trabajo de duración determinada en el sector público español", "iniciando posteriormente un procedimiento de infracción".

miércoles, 22 de marzo de 2023

[Empleados Públicos en Abuso] 'La Comision Europea se ha pronunciado ante el Tribunal de Justicia de la UE reconociendo que la ley 20/21 y la doctrina de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo, ante el abuso de temporalidad en contratación pública, vulneran la Directiva europea 1999/70, Desde EPA presentaremos una denuncia sobre el Tribunal Supremo español'

'Tras más de 20 años de dejación de funciones por parte de la Comisión Europea en su obligación de vigilar y hacer cumplir a España, como estado miembro, la Directiva Europea 1999/70/CE. En junio de 2021, desde EPA - Empleados Públicos en Abuso, y de la mano del despacho internacional de abogados Navas&Cusí, se emprendieron acciones en Bruselas para obligar a la CE a pronunciarse en su actitud negligente a la hora de resolver una denuncia múltiple sobre el abuso de la contratación temporal de los trabajadores públicos en España, acumulada en el CHAPTER 2013, a la que EPA está adherida.

En aquel momento ya había prejudiciales sobre la misma cuestión ante el TJUE (Tribunal de Justicia de la Unión Europea), el cual respondió con tibieza e incurriendo en un error que no subsanó, al confundir la condición laboral de “INDEFINIDO” con la de “Indefinido NO Fijo”. 

Ante este cúmulo de despropósitos, probablemente, motivados por una presión política desde España sobre la propia CE (y por lo que también presentamos denuncia sobre el Reino de España); EPA presentó una queja ante el Portal de Peticiones del Parlamento Europeo, sobre el Decreto Ley (que ya había sido cuestionado en Bruselas), que derivó en la Ley 20/21 que no añadió ninguna modificación a lo ya dispuesto. Primero denunció el RD y, posteriormente, interpuso una queja ampliada sobre la Ley 20/21, que continuaba y continúa vulnerando flagrantemente la Directiva 1999/70. Ambas quejas fueron aceptadas a trámite por el PE, lo que instó a la CE a abrir una investigación.

viernes, 30 de diciembre de 2022

[Empleados Püblicos en Abuso] 'Contrarréplica de EPA, como asociación aludida, a las reflexiones finales de la profesora Judith Gifreu Font, en su artículo sobre la estrategia de reducción de la temporalidad en el empleo público en la ley 20/2021,'

'Una vez leído detenidamente el escrito de la profesora Gifreu Font sobre el abuso de la temporalidad de las Administraciones Públicas en España, podemos decir que nos sorprende el análisis realizado sobre la situación.

Hay que destacar que, la relación de hechos y documentos está muy bien estructurada; entrelazando de manera muy hábil y comprensible, la situación social y laboral de abuso de temporalidad con la legislación europea y nacional, así como con las sentencias emitidas al respecto, en España y en Europa. Ha detallado el problema a la perfección, no se puede decir que se haya dejado nada sin mencionar. Por ello, la tremenda sorpresa nos llega al leer las conclusiones, que razona, sobre lo expuesto. Desde luego no son nada favorables, incluso se pueden llegar a considerar denigrantes para todos los trabajadores que nos encontramos en situación de fraude de ley por abuso de temporalidad.

A continuación, detallamos sus reflexiones finales y, siendo EPA una asociación aludida, nos consideramos con derecho a argumentar nuestro punto de vista, a modo de réplica, sobre las mismas.

Primera Reflexión de la Profesora Gifreu Font:

Para empezar, ensalza la actuación de los órganos jurisdiccionales españoles diciendo que, “son los que han avanzado en la búsqueda de soluciones que presenten garantías efectivas de protección del trabajador para poner coto y sancionar debidamente la utilización abusiva de la temporalidad en el sector público, con medidas de talante pretendidamente disuasorio, reparador o sancionador como una indemnización al cese de la relación u otras de más enjundia como la conversión del personal temporal abusado en indefinido no fijo (conversión irrelevante a los efectos de alterar la naturaleza temporal de la relación, sujeta a condición resolutoria ) o, con carácter minoritario y en concurrencia de ciertos requisitos, el reconocimiento de la fijeza”.

En conclusión y según la autora, hemos de dar las gracias a los tribunales españoles que están haciendo el gran favor de atendernos y aunque nos dejan igual o peor de lo que estábamos sobre todo con menos poder adquisitivo, debido a las elevadas costas que se suelen poner en los juzgados del contencioso administrativo, aunque algo es algo.

Réplica de EPA:

jueves, 29 de diciembre de 2022

Recordatorio. [EPA] 'Informe sobre el comunicado del Ombudsman 14/12/22' [El Defensor del Pueblo Europeo solicitando a la Comisión Europea que le informe sobre el estado de las denuncias presentadas por EPA en relación con el abuso de temporalidad en España]

 [Recordatorio de entrada publicada el 22/12/2022]

'El Defensor del Pueblo Europeo ha abierto un procedimiento de investigación contra la Comisión Europea sobre el tema de la tramitación de las dos denuncias presentadas por EPA el 5 de julio de 2021 y el 29 de marzo de 2022. La investigación se centra en la manera con la que la Comisión Europea tramitó las dos denuncias emitiendo contestaciones confusas y en las irregularidades administrativas producidas por decisiones contradictorias de la Comisión Europea en cuanto a las mismas denuncias.

Más en concreto, el Defensor del Pueblo Europeo estimó la alegación de EPA sobre la pasividad y la mala administración de la Comisión a la hora de contestar a las quejas planteadas, siendo que la misma ni siquiera ha leído su contenido completo pues, de lo contrario, hubiese llegado a una única conclusión, y es que los argumentos dados en ambas quejas presentadas estaban totalmente fundamentados y respaldados, tanto por normativa de la UE como por jurisprudencia del TJUE. De hecho, tal y como se puede comprobar, ambas quejas presentadas por esta parte fueron desarrolladas de manera pormenorizada y fueron complementadas con un análisis jurídico exhaustivo de la nueva Ley20/2021 donde se aportó información suficiente para apoyar al argumento sobre la infracción de la cláusula 5 del Acuerdo Marco de la Directiva 1999/70 sobre el abuso de contratos temporales en el sector público.

jueves, 22 de diciembre de 2022

[EPA] 'Informe sobre el comunicado del Ombudsman 14/12/22' [El Defensor del Pueblo Europeo solicitando a la Comisión Europea que le informe sobre el estado de las denuncias presentadas por EPA en relación con el abuso de temporalidad en España]

'El Defensor del Pueblo Europeo ha abierto un procedimiento de investigación contra la Comisión Europea sobre el tema de la tramitación de las dos denuncias presentadas por EPA el 5 de julio de 2021 y el 29 de marzo de 2022. La investigación se centra en la manera con la que la Comisión Europea tramitó las dos denuncias emitiendo contestaciones confusas y en las irregularidades administrativas producidas por decisiones contradictorias de la Comisión Europea en cuanto a las mismas denuncias.

Más en concreto, el Defensor del Pueblo Europeo estimó la alegación de EPA sobre la pasividad y la mala administración de la Comisión a la hora de contestar a las quejas planteadas, siendo que la misma ni siquiera ha leído su contenido completo pues, de lo contrario, hubiese llegado a una única conclusión, y es que los argumentos dados en ambas quejas presentadas estaban totalmente fundamentados y respaldados, tanto por normativa de la UE como por jurisprudencia del TJUE. De hecho, tal y como se puede comprobar, ambas quejas presentadas por esta parte fueron desarrolladas de manera pormenorizada y fueron complementadas con un análisis jurídico exhaustivo de la nueva Ley20/2021 donde se aportó información suficiente para apoyar al argumento sobre la infracción de la cláusula 5 del Acuerdo Marco de la Directiva 1999/70 sobre el abuso de contratos temporales en el sector público.

El Defensor del Pueblo Europeo abrió la investigación solicitando a la Comisión Europea que le informe sobre el estado de las denuncias presentadas por EPA en relación con el abuso en la utilización sucesiva de contratos de duración determinada en España. En particular, el Defensor del Pueblo Europeo pidió a la Comisión que precisara si esas denuncias forman parte de la denuncia múltipleabierta desde el año 2013 y que justifique sus contestaciones confusas sobre el estado de dichas denuncias hasta el 31 de enero de 2023.'

jueves, 24 de noviembre de 2022

[EPA] Reunión de la asociación y lobby en la UE "Empleados Públicos en Abuso" con las representantes de la Comisión Europea en España [para instar a Bruselas a una respuesta urgente a las denuncias abiertas en la UE por el incumplimiento en el empleo público en España de la Directiva europea sobre abuso de temporalidad]

'El pasado lunes 21 de noviembre tuvimos una reunión, solicitada de urgencia por EPA, con las representantes de la Comisión Europea en España, Dña. Ma Ángeles Benítez Salas (Directora de la Representación de la CE en España) y Dña. María Canal Fontcuberta (Consejera Económica).

El motivo de dicha reunión fue el trasladarles las acciones emprendidas por EPA, junto al bufete de abogados Navas&Cusí, que nos representa, desde el pasado mes de junio de 2021, haciendo hincapié en que, en este momento, la CE tiene dos denuncias aceptadas por el Parlamento Europeo y una quejaadmitida a trámite por el Ombudsman. Que es inadmisible seguir escudándose en el análisis de una ley 20/21 cuando ya hay dos casos de prejudiciales posteriores a dicha ley, ante el TJUE y cuando ya el propio TJUE tiene jurisprudencia al respecto del abuso de contratación temporal por incumplimiento de la Directiva 1999/70.

Como representantes directas de la CE en España, les hemos instado a que se pongan en contacto directo con su homólogo en Bruselas para resolver una respuesta urgente sobre el CHAPTER 2013, ya que, la impresión que están dando, a día de hoy, es de una absoluta ineficiencia y negligencia que deja en muy mal lugar a las instituciones europeas.

En cuanto a la posición de EPA como Lobby Europeo, mostramos nuestra firmeza y determinación a la hora de perseguir una solución satisfactoria para los socios que representamos y advertimos a la CE de la imagen que calaría en los ciudadanos europeos si nos viésemos obligados a denunciar a la propia institución ante el Tribunal Europeo de Derechos Humanos.

Consultada sobre la repercusión que la figura del Ombudsman tiene, tanto para las instituciones europeas como para los Estados miembros, la Sra. Benítez reconoció el importante calado que supone que haya sida admitida nuestra queja y que, desde luego, las respuestas derivadas de esta figura son de suma importancia y determinantes a la hora de tomar medidas que respondan a sus observaciones. 

viernes, 4 de noviembre de 2022

[EPA] 'Admisión de queja ante el OMBUDSMAN “Defensor del Pueblo Europeo” '

'Paralelamente a las acciones iniciadas ante la Comisión Europea y el Parlamento Europeo, debido a la demora en la que lleva incurriendo esta institución para dar respuesta a la denuncia múltiple sobre el abuso en la temporalidad en España, en fecha 26 de julio de 2021, de conformidad con el derecho de petición recogido en el artículo 227 del TFUE, la Asociación Nacional de Empleados Públicos en Abuso y Lobby europeo - EPA  presentó, a través del bufete de Abogados Navas&Cusí, una queja ante la figura del OMBUDSMAN (Defensor del Pueblo Europeo) para denunciar, por un lado, la inacción  de la Comisión Europea, y por otro, la apertura de un proceso disciplinario contra el Comisario Adam Pokorny.

Con fecha 31/10/22, EPA ha recibido notificación de admisión de dicha queja, bajo la referencia: Reclamación: 1813/2022/ABZ

jueves, 3 de noviembre de 2022

[Economist & Jurist] Yolanda Díaz responde en un acto que la situación de los empleados públicos en abuso de temporalidad es "insostenible" y que "ganarán los pleitos". Reacciones de abogados

 Informa Economist & Jurist este 3/11/2022 que la vicepresidenta segunda, Yolanda Díaz, ha respondido en un acto de presentación de su plataforma SUMAR en Mérida a una pregunta de la presidenta de la Asociación de Personal Interino y Laboral Temporal de Extremadura [PILTEX]  que la situación de los empleados públicos en abuso de temporalidad es "insostenible" y que "ganarán los pleitos". 

martes, 11 de octubre de 2022

[EPA] La Asociación Nacional de Empleados Públicos en Abuso y Lobby europeo, ante la "flagrante dejación de funciones e inacción por parte del organismo encargado de velar y hacer cumplir las Directivas Europeas" de la Comisión Europea, recurre a la figura del OMBUDSMAN para "denunciar, por un lado, la inacción de la Comisión Europea, y por otro, la apertura de un proceso disciplinario contra Adam Pokorny"

'Paralelamente a las acciones iniciadas ante la Comisión Europea, debido a la demora en la que lleva incurriendo esta institución para dar respuesta a la denuncia múltiple sobre el abuso en la temporalidad en España, en fecha 26 de julio de 2021, de conformidad con el derecho de petición recogido en el artículo 227 del TFUE, la Asociación Nacional de Empleados Públicos en Abuso y Lobby europeo - EPA presentó, a través del bufete de Abogados Navas&Cusí, una Petición a la Comisión de Peticiones del Parlamento Europeo, poniendo en su conocimiento las infracciones cometidas por el Reino de España, y que se expusieron de la misma forma a la Comisión Europea. Además, el contenido de esta petición fue ampliado en fecha 06 de septiembre de 2021, por medio de la presentación de un escrito en el cual se amplió el objeto de la petición, advirtiendo que la Ley 20/21 sigue vulnerando flagrantemente el cumplimiento de la Directiva 1999/70. Ambas peticiones fueron aprobadas por la Comisión de Peticiones del Parlamento.

Europeo que ha instado a la CE a abrir una investigación y solicitando al presidente de esta institución que emita un dictamen motivado pronunciándose sobre el incumplimiento de la Directiva 1999/70/CE por parte del Reino de España.

Advertir que la Comisión Europea tiene abierta una queja colectiva bajo número CHAP (2013) 01917 la cual fue presentada inicialmente en el año 2013. Desgraciadamente, hasta el día de hoy, es decir después de casi 10 años desde el inicio del procedimiento, la Comisión Europea ni ha advertido ni ha demandado al Reino de España ante el Tribunal de la Unión Europea por infracción de la Directiva mencionada, aunque sigue manteniendo abierta dicha queja colectiva.

Paradójicamente, desde 2013 hasta el día de hoy la Comisión Europea sigue simplemente enviándonos cartas para informarnos sobre la continuación de la investigación sin darnos justificación alguna de la razón por la que, después de casi 20 años desde la entrada en vigor de la Directiva 1999/70/CE y después de 10 años desde la interposición de dicha queja colectiva, aún no ha actuado como debería para impedir la continuación perpetua de una infracción tal larga en el tiempo y tan grave en cuanto a sus efectos del derecho europeo por el Reino de España. A la gravedad de esta situación, se suma el que, desde la publicación de la Ley 20/21, las respuestas del presidente de la Comisión Europea, Adam Pokorny, inciden en la misma respuesta tipo: “La Comisión está analizando las últimas modificaciones introducidas en la legislación española y seguirá de cerca los futuros procesos legislativos con el fin de evaluar la conformidad de la normativa resultante con la Directiva 1999/70/CE del Consejo y la correspondiente jurisprudencia del TJUE.”

viernes, 23 de septiembre de 2022

[CGT Aragón-La Rioja] El Tribunal Superior de Justicia de Aragón admite a trámite por primera vez una demanda de las personas interinas de Aragón por infraccion de la normativa europea al no respetar las administraciones las resoluciones del TJUE en los concursos y oposiciones y en base a la aplicación de la directiva 1937/2019 de proteccion a denunciantes de corrupción o fraudes y violaciones de leyes de la ue a los trabajadores publicos en abuso de temporalidad

 'El procedimiento se sigue en la Sala Segunda de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Aragón, Procedimiento Ordinario 413/2022 

Han sido citados ya como partes demandadas el Ayuntamiento de Zaragoza y la Diputación General de Aragón. Los actores son varias decenas de  temporales y ASPERTIC en su calidad de Autoridad de Protección de ámbito europeo en temas de la Directiva 2019/1937.

Los magistrados de esta Sala Segunda dictaminarán si los procedimientos y oposiciones abiertos deben suspenderse y no iniciar ninguno nuevo en dicha comunidad autónoma hasta la resolución de las más de veinticinco cuestiones prejudiciales que quedan por resolver y además, analizarán si las convocatorias presentes y futuras se ajustan a la legalidad europea.

jueves, 25 de agosto de 2022

Recordatorio. La Comisión Europea sigue respondiendo a denuncias personales de abuso de temporalidad en el empleo público español que está evaluando si las medidas de reducción de temporalidad tras la nueva Ley 20/2021 y sus aplicaciones sectoriales son conformes a la normativa y sentencias europeas

 

 [Recordatorio de entrada publicada el 27/07/2022 en este blog] El área de Empleo de la Dirección General de Empleo, Asuntos Sociales e Inclusión de la Comisión Europea sigue respondiendo personalmente , y en días o semanas, mediante carta firmadas siempre por el jefe de la Unidad de "Derecho del Trabajo" , actualmente Adam Pokorny, a  las denuncias que masivamente sigue recibiendo de empleados públicos sobre abuso personal de temporalidad en empleo público español , y que se pueden enviar en su página web de denuncias o  por correo electrónico a su buzón de denuncias SG-PLAINTES@ec.europa.eu adjuntado el formulario descargado relleno, siguiendo las instrucciones.

Y responde enviando, como lo lleva haciendo desde Julio de 2018, con una carta tipo de respuesta, que tiene ligeras variaciones con respecto a la carta de entonces, coincidiendo siempre en esta parte común de las cartas en la que dice:

  • que ha recibido previamente un gran número de denuncias similares
  • que dado el alto número de denuncias las agrupó en el procedimiento de denuncia múltiple CHAP(2013)0917
  • cuya información oficial actualizada sobre los resultados del examen de la Comisión y las medidas de  seguimiento pueden consultarse en esta página web de la CE

 

Recordemos  una vez más que la Comisión Europea había dado con fecha 5/08/2021, en esa página web como última información oficial del curso de dicho  procedimiento de denuncia múltiple CHAP(2013)0917 , que estaba evaluando si la reforma introducida con dicho Real Decreto-ley  de 14/2021  de reducción de la temporalidad publicado el 7 de Julio era ya conforme a la normativa europea y que evaluaría las modificaciones futuras anunciadas. Previamente en Octubre de 2020, ya había dicho que había visto la sentencia europea de 19/03/2020 , la del asunto "Sánchez Ruiz y otros" (con asunto principal el de un informático nuestro) con su declaración de existencia de abuso en el empelo público y evaluaría que la entonces  futura reforma del Estatuto del empleado Público, ahora ya nueva Ley de reducción de temporalidad pública 20/2021, y  que, además, mantenía abierto el procedimiento de infracción 2014/4334 relativo a la posible incompatibilidad del derecho español con la cláusula 5 del Acuerdo Marco , procedimiento que todavía sigue en el primer paso de "Carta de emplazamiento enviada".