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lunes, 18 de marzo de 2024

Especial de la Revista de la SEIS sobre Inteligencia Artificial Generativa

El nº 158, de Febrero de 2024, de la Revista de la Sociedad Española de Informática de la Salud [SEIS]  y que acaba de ser publicado, es un especial titulado  "Inteligencia Artificial Generativa" , contando como número especial, este número de la revista una serie de artículos específicos sobre este tema  -alguno de los cuales por su relevancia para la temática de este blog de la asociación de los informáticos de la Consejería de Sanidad cubriremos en otra entrada específica-:

  • "La inteligencia artificial general y su llegada", por Juan Pazos Sierra y Carlos García Codina
  • "IA Generativa. ¿Qué podemos esperar?", por Juan Carlos Oliva Pérez, Gerente de Fundación Rioja Salud
  • "La Inteligencia Artificial Generativa en el Sector de la Salud: una Revolución en Marcha", por Celia Lozano, Head of Data & AI en Bosonit

miércoles, 6 de marzo de 2024

Recordatorio [05/05/2023] El Tribunal Supremo reitera que las anteriores leyes de estabilización de 2017/2018 no vulneran la normativa europea sobre abuso de temporalidadal interpretar que no se sigue de las sentencias europeas que sea "ineludible" establecer una sanción si no está ya contemplada en la legislación española y servir esos procesos para la finalidad de aumentar la contratación indefinida en el empleo público

 [Recordatorio de entrada publicada el 05/05/2023 OJO hace casi 1 un año] Acaba de publicarse en el CENDOJ la sentencia de 21/04/2023 de la Sala de lo Contencioso del Tribunal Supremo al recurso de casación n•5972/2021 del Sindicato Nacional de Trabajadores Temporales de la Administración [SINTTA],  contra la OPE de estabilización de 2019 de la Administración de Asturias, uno de los 3 recursos de casación que habían sido admitidos a trámite de demandas de empleados públicos temporales con el abogado Raúl Bocanegra contra sendas Ofertas de Empleo Público de "estabilización" derivadas de las leyes anteriores estatales de procesos estabilización de 2017/2018 (en concreto, del artículo 19.Uno.9 de la Ley de Presupuestos Generales del Estado de 2018 ) acordados con los sindicatos estatales. En especial, no se trata de una OPE de estabilización derivada de la nueva Ley 20/2021 de reducción de temporalidad pública.

Por el recurso de casación nº 3960/2021 de 10 empleados públicos  contra la OPE de estabilización de 2019 de personal estatutario del Servicio de Salud de Castilla y León, esta Sala del Supremo ya dictó sentencia el 24/01/2023 de la que informamos aquí:.el Tribunal Supremo sentenció que las leyes de estabilización anteriores no vulneran la normativa europea contra el abuso de temporalidad al interpretar que no se sigue de las sentencias europeas que sea "ineludible" establecer una sanción si no está ya contemplada en la legislación española y servir esos procesos para la finalidad de aumentar la contratación indefinida en el empleo público .

Recordemos que se demandaba la nulidad de esa OPE de estabilización en base, originalmente, a estos dos fundamentos sobre el artículo 19.Uno.9 de la Ley de Presupuestos Generales del Estado de 2018 (es decir , en base a fundamentos sobre la ley estatal de la que deriva la OPE recurrida y no en base  a fundamentos sobre el Decreto de OPE en sí mismo):
  1. vulnera la cláusula 5ª sobre abuso de temporalidad del Acuerdo Marco contenido en  la Directiva Europea 1999/70/CE"  , según la sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea 19/03/2020 - del asunto principal "Sánchez Ruiz", un informático nuestro- , al regular ese artículo de la Ley de Presupuestos de 2018 que se realice con las plazas ocupadas por temporales más de 3 años a 31/12/2017, y por tanto, con empleados en situación de temporalidad abusiva, una oferta de empleo público de convocatorias de libre concurrencia con la que se puede cesar al personal en abuso siendo sustituido por otros, solicitando que el órgano judicial, por primacía del derecho de la Unión, aplique la jurisprudencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea al respecto,

lunes, 17 de julio de 2023

La Sala de lo Contencioso del Supremo sigue manteniendo su doctrina de Diciembre de 2021 en nuevas sentencias del grupo de demandas de médicos del SESPA con Bocanegra: reconoce el abuso en interinidades de vacante prolongadas, incluso de único nombramiento, pero rechaza la fijeza y la indemnización como sanción, por no estar contemplada por la ley nacional para personal estatutario interino; sigue reconociendo el derecho a carrera horizontal del temporal pero rechaza su derecho a la movilidad vertical

Se han publicado en el  CENDOJ varias sentencias durante un mes, entre el 8 de Junio y el 5 de Julio, de la Sala de lo Contencioso-Administrativo (la que lleva los casos de personal funcionario de cualquier Administración Pública y del personal estatutario de los Servicios de Salud) del Tribunal Supremo que son nuevas sentencias del Tribunal Supremo a casos  del grupo de médicos interinos más de 10 años del Servicio de Atención Continuada del Servicio de Salud de Asturias, siempre en personal estatutario ya interino de vacante  , en las que demandaban con el conocido abogado Raúl Bocanegra la declaración de abuso de temporalidad y la fijeza -o en su defecto alguna indemnización- como sanción a este abuso con base a la normativa y  jurisprudencia europea, así como el reconocimiento de los derechos  la carrera profesional y la movilidad horizontal (concursos de traslados) y vertical (promoción interina)  por el principio de no discriminación con el fijo.

 En concreto se trata de las sentencias y casos :


Ya nos hicimos eco en una entrada aquí del primer grupo de sentencias en el Supremo de Diciembre de 2021 por casos del grupo de demandas del SERMAS pionero de 2016    que dio lugar a la sentencia del Tribunal de Justicia de la UE de 19/03/2023 "Sánchez Ruiz" del gabinete de Javier Araúz,siendo la primera de ese grupo de sentencias del Diciembre de 2021la  sentencia de fecha 10/12/2021 al recurso de casación nº 3989/2019 de una higienista dental del SERMAS, estatutaria interina de vacante durante 13 años en un único nombramiento, cuyo texto ya fue reiterado casi en su totalidad en ese grupo de sentencias así como en otro grupo de sentencias de demandas de médicos de Asturias con Bocanegra que también tuvieron lugar a finales de Diciemre de 2021.
 
 

martes, 13 de junio de 2023

Recordatorio. La Sala de lo Contencioso del Supremo sigue reiterando en sentencia de casación de 18 de Mayo de 2023 su doctrina de fin de 2021 de negar una indemnización como sanción al abuso de temporalidad -que sí reconoce-pese a las sentencias europeas al intepretar que de ellas no se sigue que sea necesaria una sanción no esté explícitamente contemplada en la ley española

 [Recordatorio de entrada publicada el 06/06/2023]

La Sala de lo Contencioso-Administrativo (la que lleva los casos de personal funcionario de cualquier Administración Pública y del personal estatutario de los Servicios de Salud) del Tribunal Supremo ha dictado sentencia este 18/05/2023 en otro recurso de casación (el nº 100/2020 de la sección 4ª  que había admitido a trámite  hace ya ¡más de dos años!) de un médico de familiar estatutario interino de vacante de la Consejería de Sanidad de Asturias, temporal más de 5 años cuando reclamó, contra la sentencia del Tribunal Superior de Justicia asturiano  de 14/10/2019 que había desestimado -con una condena en costas de 300 euros- su demanda de reconocimiento de situación de abuso de temporalidad  y de una indemnización como sanción, con una condena en costas .

Y , como era de esperar al menos por el momento, y a la vista de las sentencias recientes de esta mima Sala, la  Sala de lo Contencioso del Supremo  se remite una vez más  a su  doctrina más reciente sobre abuso de temporalidad en personal funcionario y estatutario  de su  importante  sentencia de 30/11/2021  ( y  sentencias siguientes como la serie de sentencias derivadas desde primeros de  Diciembre de 2021 y las  primeras sentencias a las demandas de fijeza del grupo de demandas del SERMAS de 2016 que dio lugar a la sentencia europea de 19/03/2020), sentencia que se limita a reproducir, y que venía a decir:

martes, 6 de junio de 2023

La Sala de lo Contencioso del Supremo sigue reiterando en sentencia de casación de 18 de Mayo de 2023 su doctrina de fin de 2021 de negar una indemnización como sanción al abuso de temporalidad -que sí reconoce-pese a las sentencias europeas al intepretar que de ellas no se sigue que sea necesaria una sanción no esté explícitamente contemplada en la ley española

La Sala de lo Contencioso-Administrativo (la que lleva los casos de personal funcionario de cualquier Administración Pública y del personal estatutario de los Servicios de Salud) del Tribunal Supremo ha dictado sentencia este 18/05/2023 en otro recurso de casación (el nº 100/2020 de la sección 4ª  que había admitido a trámite  hace ya ¡más de dos años!) de un médico de familiar estatutario interino de vacante de la Consejería de Sanidad de Asturias, temporal más de 5 años cuando reclamó, contra la sentencia del Tribunal Superior de Justicia asturiano  de 14/10/2019 que había desestimado -con una condena en costas de 300 euros- su demanda de reconocimiento de situación de abuso de temporalidad  y de una indemnización como sanción, con una condena en costas .

Y , como era de esperar al menos por el momento, y a la vista de las sentencias recientes de esta mima Sala, la  Sala de lo Contencioso del Supremo  se remite una vez más  a su  doctrina más reciente sobre abuso de temporalidad en personal funcionario y estatutario  de su  importante  sentencia de 30/11/2021  ( y  sentencias siguientes como la serie de sentencias derivadas desde primeros de  Diciembre de 2021 y las  primeras sentencias a las demandas de fijeza del grupo de demandas del SERMAS de 2016 que dio lugar a la sentencia europea de 19/03/2020), sentencia que se limita a reproducir, y que venía a decir:

lunes, 22 de mayo de 2023

Recordatorio. El Tribunal Supremo reitera que las anteriores leyes de estabilización de 2017/2018 no vulneran la normativa europea sobre abuso de temporalidad al interpretar que no se sigue de las sentencias europeas que sea "ineludible" establecer una sanción si no está ya contemplada en la legislación española y servir esos procesos para la finalidad de aumentar la contratación indefinida en el empleo público

 [Recordatorio de entrada publicada el 05/05/2023] Acaba de publicarse en el CENDOJ la sentencia de 21/04/2023 de la Sala de lo Contencioso del Tribunal Supremo al recurso de casación n•5972/2021 del Sindicato Nacional de Trabajadores Temporales de la Administración [SINTTA],  contra la OPE de estabilización de 2019 de la Administración de Asturias, uno de los 3 recursos de casación que habían sido admitidos a trámite de demandas de empleados públicos temporales con el abogado Raúl Bocanegra contra sendas Ofertas de Empleo Público de "estabilización" derivadas de las leyes anteriores estatales de procesos estabilización de 2017/2018 (en concreto, del artículo 19.Uno.9 de la Ley de Presupuestos Generales del Estado de 2018 ) acordados con los sindicatos estatales. En especial, no se trata de una OPE de estabilización derivada de la nueva Ley 20/2021 de reducción de temporalidad pública.

Por el recurso de casación nº 3960/2021 de 10 empleados públicos  contra la OPE de estabilización de 2019 de personal estatutario del Servicio de Salud de Castilla y León, esta Sala del Supremo ya dictó sentencia el 24/01/2023 de la que informamos aquí:.el Tribunal Supremo sentenció que las leyes de estabilización anteriores no vulneran la normativa europea contra el abuso de temporalidad al interpretar que no se sigue de las sentencias europeas que sea "ineludible" establecer una sanción si no está ya contemplada en la legislación española y servir esos procesos para la finalidad de aumentar la contratación indefinida en el empleo público .

viernes, 5 de mayo de 2023

El Tribunal Supremo reitera que las anteriores leyes de estabilización de 2017/2018 no vulneran la normativa europea sobre abuso de temporalidadal interpretar que no se sigue de las sentencias europeas que sea "ineludible" establecer una sanción si no está ya contemplada en la legislación española y servir esos procesos para la finalidad de aumentar la contratación indefinida en el empleo público

 Acaba de publicarse en el CENDOJ la sentencia de 21/04/2023 de la Sala de lo Contencioso del Tribunal Supremo al recurso de casación n•5972/2021 del Sindicato Nacional de Trabajadores Temporales de la Administración [SINTTA],  contra la OPE de estabilización de 2019 de la Administración de Asturias, uno de los 3 recursos de casación que habían sido admitidos a trámite de demandas de empleados públicos temporales con el abogado Raúl Bocanegra contra sendas Ofertas de Empleo Público de "estabilización" derivadas de las leyes anteriores estatales de procesos estabilización de 2017/2018 (en concreto, del artículo 19.Uno.9 de la Ley de Presupuestos Generales del Estado de 2018 ) acordados con los sindicatos estatales. En especial, no se trata de una OPE de estabilización derivada de la nueva Ley 20/2021 de reducción de temporalidad pública.

Por el recurso de casación nº 3960/2021 de 10 empleados públicos  contra la OPE de estabilización de 2019 de personal estatutario del Servicio de Salud de Castilla y León, esta Sala del Supremo ya dictó sentencia el 24/01/2023 de la que informamos aquí:.el Tribunal Supremo sentenció que las leyes de estabilización anteriores no vulneran la normativa europea contra el abuso de temporalidad al interpretar que no se sigue de las sentencias europeas que sea "ineludible" establecer una sanción si no está ya contemplada en la legislación española y servir esos procesos para la finalidad de aumentar la contratación indefinida en el empleo público .

Recordemos que se demandaba la nulidad de esa OPE de estabilización en base, originalmente, a estos dos fundamentos sobre el artículo 19.Uno.9 de la Ley de Presupuestos Generales del Estado de 2018 (es decir , en base a fundamentos sobre la ley estatal de la que deriva la OPE recurrida y no en base  a fundamentos sobre el Decreto de OPE en sí mismo):
  1. vulnera la cláusula 5ª sobre abuso de temporalidad del Acuerdo Marco contenido en  la Directiva Europea 1999/70/CE"  , según la sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea 19/03/2020 - del asunto principal "Sánchez Ruiz", un informático nuestro- , al regular ese artículo de la Ley de Presupuestos de 2018 que se realice con las plazas ocupadas por temporales más de 3 años a 31/12/2017, y por tanto, con empleados en situación de temporalidad abusiva, una oferta de empleo público de convocatorias de libre concurrencia con la que se puede cesar al personal en abuso siendo sustituido por otros, solicitando que el órgano judicial, por primacía del derecho de la Unión, aplique la jurisprudencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea al respecto,
  2. "es contrario a la Constitución Española al disciplinar sobre una materia -oferta de empleo - que no es el  contenido constitucional de una Ley de Presupuestos Generales del Estado", solicitando al órgano judicial el el planteamiento de la correspondiente cuestión de inconstitucionalidad al Tribunal Constitucional
 
El Tribunal Supremo  había admitido a trámite el recurso, pero sólo por el primero de los fundamentos, fijando como cuestión de interés casacional para la unificación de doctrina , literalmente:

"en determinar, si para aprobar la oferta de empleo público para la estabilización del empleo temporal, el art. 19.Uno.9 de las Leyes de Presupuestos Generales del Estado de 2017 y 2018 vulnera la cláusula 5 de la Directiva sobre trabajo temporal y, en su caso, si deben ser desplazadas por el principio de la primacía del Derecho de la Unión, con independencia de su rango legal, aplicándose directamente el Acuerdo Marco".

jueves, 19 de enero de 2023

[SEIS] Revista I+S nº 150: "Departamentos TIC en la era de la Transformación Digital", por profesionales TI del SESPA, SERMAS y C. Valenciana ["La inversión en RRHH en relación con el presupuesto TIC en sanidad sigue descendiendo", "el modelo de gestión de RRHH no es suficienemente flexible para las TIC mientras que la externalización no es solución por si misma"]

NOTA PREVIA DEL EDITOR: por su relevancia para la temática de este blog de la asociación de los profesionales de informática de la Consejería de Sanidad transcribimos casi íntegramente este artículo de varios profesionales de las TI de servicios de salud públicos  publicado en el  nº 150 de Junio de 2022  de la Revista de la Sociedad Española de Informática de la Salud [SEIS] , número especial sobre la capacitación digital de los profesionales del sector de la salud.

 

'Tras la puesta en común de profesionales TIC de diferentes Comunidades Autónomas (CCAA) y sistemas sanitarios de España, hemos visto que efectivamente existe una problemática común a todos los servicios de salud. Dicha situación es la siguiente, tras varios años de rápida y constante informatización de procesos, y avance de las TIC dentro de la cultura empresarial, los servicios de salud se encuentran en una situación de dependencia creciente de dichas TIC, pasando a ser uno de sus elementos estratégicos. Por tanto, los departamentos TIC son elementos clave y de su buen hacer depende el buen funcionamiento de nuestros servicios de salud. Por otro lado de cara al futuro la perspectiva es de un crecimiento TIC aún más acelerado. Sin embargo, los recursos disponibles son muy limitados, y la evolución lenta.

Aquí chocan una serie de realidades contrapuestas. Por un lado, la demanda social, y por otro una voluntad política que requiere resultados tangibles durante su mandato, que se realicen mejoras que la ciudadanía perciba (y por tanto se generen planes estratégicos en esta línea) y en el extremo final del embudo tenemos a los departamentos TIC que no disponen de los recursos necesarios.

El ambiente que rodea la industria, con las buzzword ilusionantes que generan los comerciales, y más allá del marketing el valor que realmente podrían llegar a generar las nuevas tecnologías, hace que se generen planes estratégicos en las organizaciones sanitarias que entienden que deben ir en una dirección de permanente huida hacia adelante. Es decir, se tiende más a invertir en futuro que en un presente con incómodos desajustes, siendo los problemas de RRHH uno de los principales, y que pasamos a analizar desde dos ópticas: sus debilidades y amenazas.


1. En cuanto a las debilidades:

 
Los departamentos TIC de las organizaciones sanitarias públicas han sufrido un importantísimo aumento de su carga de trabajo. El número de aplicaciones y procesos automatizados a mantener se ha disparado hasta llegar a un punto de desbordamiento. Por otro lado, el personal en muchas organizaciones sanitarias se ha convertido en un comodín técnico realizando tareas inespecíficas e impropias de su categoría. Esto es debido en muchas ocasiones, a la falta de una definición de las funciones del puesto, y en otras al desconocimiento por parte de la dirección de los centros sanitarios del trabajo que se realiza (o se debería de realizar) en un departamento TIC.

Por otra parte, ante un crecimiento frenético del sector tecnológico, con productos desarrollados o implantados con demasiada premura, es fácil encontrarnos con errores de análisis, diseños pobres y con cierta frecuencia pésimas implantaciones. Aún con todo, los departamentos TIC habrán hecho todo lo posible para que el sistema entre en funcionamiento, cumpliendo así los objetivos de la organización. El sistema funcionará y el servicio de salud hará depender sus procesos de dicho sistema, pero para los departamentos TIC será un infierno su mantenimiento, con integraciones problemáticas que hay querer hacer parcialmente, casuísticas no soportadas, requerimientos no detectados en el análisis, etc. Estas situaciones quedan ocultas para la organización. Son, por así decir, los trapos sucios de los departamentos TIC, que terminamos por asumir e interiorizar como una parte ineludible de nuestro trabajo. Sin embargo, esta situación merece una reflexión más profunda.

lunes, 28 de noviembre de 2022

Publicado en el Boletín Oficial los criterios de los Concurso de Méritos de la ley 20/2021 que se convocarán para personal funcionario y laboral del sector de Administración General de la CCAA de Asturias: peso del 60% de la experiencia puntuando 1/4 la antigüedad en la categoría en otra AAPP con respecto a en la categoría en Administración de la CCAA de Asturias

En el B.O.P.A. de este 25/11/2022 se ha publicado la Resolución  de la Consejería de Administración Autonómica sobre las bases generales que regirán los procesos excepcionales de concurso de méritos de la oferta de empleo público de personal funcionario y laboral (de  la Administración General) de la CCAA de Asturias, derivada de  la Ley estatal 20/2021 de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo público. La oferta de empleo público contaba, entre otros sectores para el sector de personal laboral y funcionario autonómico con 1.768 plazas para el sistema excepcional de concurso de méritos (con 482 plazas de ellas, de OPEs anteriores que no se habían convocado)

En cuanto al baremo,  trasladando el Acuerdo mayoritario de la Mesa General de Negociación de la Administración del Principado de Asturias de 04/10/2022,  siempre para los concursos de méritos del personal laboral y funcionario  de Administración General de la CCAA de Asturias  (lo que no incluye, en especial ,el personal de su servicio  de Salud ni los docentes no universitarios), los 100 puntos máximos del concurso de méritos se valorarán así:

jueves, 13 de octubre de 2022

[SESPA] 'Nota informativa sobre el proceso de estabilización derivado de la Ley 20/2021 en el ámbito de los Servicios de Salud [Reunión de la Comisión de RRHH del SNS este 14/10/2022 para nueva versión del documento de criterios comunes entre CCAA, incluyendo baremo de los concursos de méritos]

Informa la Dir. de RRHH del Servicio de Salud del Principado de Asturias [SESPA], en una nota informativa de 11/12/2022, que este viernes 14/10/2022 habrá una nueva reunión de la Comisión de RRHH del Sistema Nacional de Salud  para tratar el acuerdo de criterios comunes para los procesos de estabilización en el ámbito de los servicios de Salud de las CCAA derivados de la  ley 20/2021, incluyendo una propuesta de baremos del concurso de méritos , en la que se llevará una nueva versión de acuerdo, diferente de la versión previa  acordada hace tres semanas [y que fue la trasladada a la última Mesa Sectorial del SERMAS por la DGRRHH del SERMAS].

 

lunes, 29 de agosto de 2022

Recordatorio. El Tribunal Supremo, por demandas contra las OPEs de estabilización anteriores de Castilla y León y Asturias, admite a trámite recursos de casación para fijar doctrina en la cuestión de si las anteriores leyes de estabilización de 2017/2018 vulneran la normativa europea sobre abuso de temporalidad y deben ser desplazadas. Autos de admisión de la Sala de lo Contencioso.

 [Recordatorio de entrada publicada el 01/08/2022] Tal y como avanzaban hace unos días un comunicado del sindicato de interinos SINNTA y varias noticias en prensa , la Sala de lo Contencioso del Tribunal Supremo ha admitido a trámite varios recursos de casación , en al menos 3 casos de demandas por el conocido catedrático y abogado Raúl Bocanegra contra sendos decretos autonómicos de Ofertas de Empleo Público de "estabilización" de plazas derivados de la anterior normativa de procesos de estabilización de 2017-2018, con el objetivo de sentar doctrina en la  cuestión de si dicha normativa estatal anterior vulnera la normativa europea sobre abuso de temporalidad y debe ser "desplazadas" por primacía del Derecho de la Unión.


En concreto, se trata de los Autos de Admisión de la Sala de lo Contencioso del Tribunal Supremo:
  1. el Auto de  30 de marzo de 2022 al recurso nº 3960/2021 contra la OPE de estabilización de 2019 del Servicio de Salud de Castilla y León, de 932 plazas,
  2. el Auto de 22 de junio de 2022  al recurso nº 2427/2021 contra la OPE de estabilización de 2018 de Administración General de Castilla y León, y
  3. el Auto de 6 de Julio de 2022 al recurso nº 5972/2021 contra la OPE de estabilización de 2019 de la Administración de Asturias,
en los 3 casos, OPEs de plazas de estabilización según el artículo 19 de la Ley de Presupuestos Generales del Estado de 2018 sobre los procesos de estabilización del empleo temporal acordados con los sindicatos estatales en 2018, es decir, la normativa anterior estatal de rango legal sobre reducción extraordinaria de la temporalidad pública. En especial, no son procesos de estabilización derivados de la nueva Ley 20/2021 de reducción de temporalidad pública.

En los 3 recursos se demanda la nulidad de la OPE de estabilización respectiva en base a estos dos fundamentos comunes sobre, OJO; la ley estatal de la que derivan:

martes, 23 de agosto de 2022

Recordatorio. [Confilegal] El Tribunal Supremo admite a trámite recursos de casación donde decidirá si la normativa nacional de 2017-18, que regula los procesos de estabilización de interinos anteriores, vulnera la normativa europea

 [Recordatorio de entrada publicada el 09/08/2022]

Publicaba Confilegal este 06/08/2022 que  el Tribunal Supremo, por demandas impulsadas por plataformas/sindicatos de empleados públicos temporales contra las OPEs de estabilización anteriores de 2019 del Servicio de Salud y de 2018 de Administración General de Castilla y León y 2019 de  la Adminstración de Asturias, que lleva el abogado Raúl Bocanegra, ha admitido a trámite recursos de casación , para fijar doctrina en la cuestión de si las anteriores leyes de estabilización de 2017/2018 vulneran la normativa europea sobre abuso de temporalidad y deben ser desplazadas por la primacia del derecho de la Unión Europea, citando nuestra entrada sobre esta noticia y trasladando declaraciones al respecto de: 

  • Domingo Sánchez Ruiz, presidente de la Asociación de Profesionales de Informática de la consejería de Sanidad de la Comunidad de Madrid y el informático del Servicio Madrileño de Salud (SERMAS) de la sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea de 19/03/2020 sobre la que pivotan las demandas

martes, 9 de agosto de 2022

[Confilegal] El Tribunal Supremo admite a trámite recursos de casación donde decidirá si la normativa nacional de 2017-18, que regula los procesos de estabilización de interinos anteriores, vulnera la normativa europea

Publicaba Confilegal este 06/08/2022 que  el Tribunal Supremo, por demandas impulsadas por plataformas/sindicatos de empleados públicos temporales contra las OPEs de estabilización anteriores de 2019 del Servicio de Salud y de 2018 de Administración General de Castilla y León y 2019 de  la Adminstración de Asturias, que lleva el abogado Raúl Bocanegra, ha admitido a trámite recursos de casación , para fijar doctrina en la cuestión de si las anteriores leyes de estabilización de 2017/2018 vulneran la normativa europea sobre abuso de temporalidad y deben ser desplazadas por la primacia del derecho de la Unión Europea, citando nuestra entrada sobre esta noticia y trasladando declaraciones al respecto de: 

lunes, 1 de agosto de 2022

El Tribunal Supremo, por demandas contra las OPEs de estabilización anteriores de Castilla y León y Asturias, admite a trámite recursos de casación para fijar doctrina en la cuestión de si las anteriores leyes de estabilización de 2017/2018 vulneran la normativa europea sobre abuso de temporalidad y deben ser desplazadas. Autos de admisión de la Sala de lo Contencioso.

 Tal y como avanzaban hace unos días un comunicado del sindicato de interinos SINNTA y varias noticias en prensa , la Sala de lo Contencioso del Tribunal Supremo ha admitido a trámite varios recursos de casación , en al menos 3 casos de demandas por el conocido catedrático y abogado Raúl Bocanegra contra sendos decretos autonómicos de Ofertas de Empleo Público de "estabilización" de plazas derivados de la anterior normativa de procesos de estabilización de 2017-2018, con el objetivo de sentar doctrina en la  cuestión de si dicha normativa estatal anterior vulnera la normativa europea sobre abuso de temporalidad y debe ser "desplazadas" por primacía del Derecho de la Unión.


En concreto, se trata de los Autos de Admisión de la Sala de lo Contencioso del Tribunal Supremo:
  1. el Auto de  30 de marzo de 2022 al recurso nº 3960/2021 contra la OPE de estabilización de 2019 del Servicio de Salud de Castilla y León, de 932 plazas,
  2. el Auto de 22 de junio de 2022  al recurso nº 2427/2021 contra la OPE de estabilización de 2018 de Administración General de Castilla y León, y
  3. el Auto de 6 de Julio de 2022 al recurso nº 5972/2021 contra la OPE de estabilización de 2019 de la Administración de Asturias,
en los 3 casos, OPEs de plazas de estabilización según el artículo 19 de la Ley de Presupuestos Generales del Estado de 2018 sobre los procesos de estabilización del empleo temporal acordados con los sindicatos estatales en 2018, es decir, la normativa anterior estatal de rango legal sobre reducción extraordinaria de la temporalidad pública. En especial, no son procesos de estabilización derivados de la nueva Ley 20/2021 de reducción de temporalidad pública.

En los 3 recursos se demanda la nulidad de la OPE de estabilización respectiva en base a estos dos fundamentos comunes sobre, OJO; la ley estatal de la que derivan:

martes, 26 de julio de 2022

[SINTTA] 'El Supremo admite el recurso presentado por SINTTA contra la Oferta de Empleo Publico de Asturias de 2019'

 'Desde su fundación, ya casi hace cuatro años, SINTTA  (SINDICATO NACIONAL DE TRABAJADORES TEMPORALES DE LA ADMINISTRACIÓN), ha participado en todo tipo de iniciativas. 

Desde el impulso de las demandas individuales por la estabilidad; pasando por la impugnación de las Ofertas Generales de Empleo Público de Aragón y Asturias o por la colaboración en la elaboración del informe de María Emilia Casas de constitucionalidad de la fijeza en el empleo público como sanción al abuso de la temporalidad en la que se establecía la vía del “fijo a extinguir”.

También hay que destacar la colaboración activa de SINTTA con TTPs o EPA  y otras entidades conformadas por trabajadores temporales de la administración en abuso, así como, la participación activa en todo tipo de manifestaciones, caravanas, huelgas…, en defensa de los intereses de los trabajadores temporales

Todo este arduo trabajo realizado durante años, está empezando a dar sus frutos. En el día de hoy, ha saltado la noticia a los medios sobre la admisión a trámite en casación por parte del Tribunal Supremo de la demanda de la impugnación de la Oferta de Empleo Público  General de Asturias de 2019, interpuesta por SINTTA a través del abogado Raul Bocanegra Sierra.

Enlace a la noticia en la nueva España

La admisión a trámite en casación por parte del TS de la demanda interpuesta por SINTTA sobre la impugnación de la OEP General de Asturias de 2019, es un gran avance en la defensa de los derechos del personal temporal en abuso de los últimos tiempos junto con otra similar admitida en Castilla y León recientemente. No queremos dejar sin felicitar a la afiliación y a los simpatizantes por haberlo hecho posible.

miércoles, 6 de julio de 2022

Especial de la Revista de la SEIS sobre capacitación digital de los profesionales del sector de la salud

El nº 150 de Junio de 2022 de la Revista de la Sociedad Española de Informática de la Salud [SEIS]  y que acaba de ser publicado, es un especial titulado  "La capacitación digital de los profesionales del sector Salud" , contando como número especial, este número de la revista una serie de artículos específicos sobre este tema  -algunos de los cuales por su relevancia para la temática de este blog de la asociación de los informáticos de la Consejería de Sanidad cubriremos en otras entradas específicas-:

  • "Capacitar digitalmente a los profesionales del sector Salud: una tarea ineludible", por Zaida Sampedro Préstamo, Vicepresidenta de Comunicación de la SEISCoordinadora del Especial
  • Entrevista a Celia Gómez González, Directora General de Ordenación Profesional del Ministerio de Sanidad 
  • Entrevista a Tomás Cobo CastroPresidente Del Consejo General de Colegios Oficiales de Médicos
  • "La capacitación digital de los profesionales del sector Salud, vista por
    MIcrosoft" , por Laura Benítez,
    Arquitecto de Soluciones de Salud en Microsoft España Samuel Marin, Responsable de Salud de Microsoft en España
  • "Departamentos TIC en la era de la Transformación DigitalDepartamentos TIC en la era de la Transformación Digital", por J . C. Cobacho Montilla, Jefe de Servicio de Sistemas de Información Sanitarios del Hospital Universitario de Torrevieja, M. Redondo Fonseca , Elvira Alonso Suero  y J. E. Viego de la Roz,del Servicio de Salud del Principado de Asturias José María Leal Pozuelo , Jefe de Servicio de Sistemas y Tecnologías de la Información del. Hospital Clínico San Carlos
  • "El desarrollo de las competencias digitales de los profesionales que
    trabajan en Sanidad", Benjamin Juez de Osakidetza
  • "Capacitación Digital del empleado público de la Comunidad de Madrid" Olga Lopez Dolado, Directora de Capacitación Digital y Metodologías de  Proyectos Transformadores de Madrid Digital
  • "La gestión del talento y el aprendizaje de los profesionales", Guillermo San Román , Account Management Regional Director South Europe en Cornerstone OnDemand para España,Italia y Portugal
  • Entrevista a la Dra. Carmen Martínez de Pancorbo González, Directora Gerente Hospital Universitario 12 de Octubre
  • Entrevisa a Elena Faedda Sanz, Responsable De Sistemas De Información de la Clínica Navarra 
  • "Capacitación digital en Salud: una oportunidad y una necesidad", Juan Carlos Sánchez Rosado, Health Industry Leader de IBM para España, Portugal, Grecia e Israel

jueves, 16 de junio de 2022

Recordatorio. Publicadas la OPE extraordinaria de estabilización de la CCAA de Asturias , según la ley estatal 20/2021, de personal de Administración General, docente y del Servicio de Salud. 4.463 plazas a concurso de méritos en el Servicio de Salud co

 [Recordatorio de entrada publicada el 01/06/2022] Se ha publicado en el Boletín Oficial del Principado de Asturias de este 31/05/2022   la ofertas de empleo público extraordinaria de plazas computadas según la nueva Ley estatal 20/2021 de reducción de temporalidad pública , detallando cuáles deben convocarse por el sistema excepcional del concurso de méritos de las Disposiciones adicionales 6ª y 8ª de la citada ley y cuáles por concurso-oposición, para 

  •  personal funcionario y laboral  de su  Administración general
    • 786 plazas de laboral , 626 al cupo general del concurso de méritos , con 210 plazas de OPE de estabilización anteriores que no se habían convocado
    • 1275 plazas de funcionario, 1142 al  cupo general del concurso de méritos, con 272 plazas de OPEs anteriores que no se había cionvocado
  • personal funcionario de cuerpos docentes de enseñanza no universitaria:  ( 234  plazas por concurso de méritos y 1328 al concurso oposición
  • personal del Servicio  de Salud:  4.463 por concurso de méritos y  350 por concurso-oposición

 

miércoles, 1 de junio de 2022

Publicadas la OPE extraordinaria de estabilización de la CCAA de Asturias , según la ley estatal 20/2021, de personal de Administración General, docente y del Servicio de Salud. 4.463 plazas a concurso de méritos en el Servicio de Salud co

 

Se ha publicado en el Boletín Oficial del Principado de Asturias de este 31/05/2022   la ofertas de empleo público extraordinaria de plazas computadas según la nueva Ley estatal 20/2021 de reducción de temporalidad pública , detallando cuáles deben convocarse por el sistema excepcional del concurso de méritos de las Disposiciones adicionales 6ª y 8ª de la citada ley y cuáles por concurso-oposición, para 

  •  personal funcionario y laboral  de su  Administración general
    • 786 plazas de laboral , 626 al cupo general del concurso de méritos , con 210 plazas de OPE de estabilización anteriores que no se habían convocado
    • 1275 plazas de funcionario, 1142 al  cupo general del concurso de méritos, con 272 plazas de OPEs anteriores que no se había cionvocado
  • personal funcionario de cuerpos docentes de enseñanza no universitaria:  ( 234  plazas por concurso de méritos y 1328 al concurso oposición
  • personal del Servicio  de Salud:  4.463 por concurso de méritos y  350 por concurso-oposición

 

miércoles, 30 de marzo de 2022

[La Nueva España] Plataforma de interinos rebaten al Vicepresidente de la CCAA que afirmó que en Asturias no hay ningún empleado en abuso de temporalidad: hay hasta 4 sentencias del Supremo que lo afirman

Informa La Nueva España este 29/03/2022  que plataformas de interinos rebaten la afirmación realizada por el Vicepresidente y Consejero de Administración , Autonómica de la CCAA de Asturias, Cofiño, que que no hay ningún empleado público del sector autonómico en situacion de abuso de temporalidad: hay miles de empleados en abuso de temporalidad y ya hay hasta 4 sentencias del Tribunal Supremo , entre muchas de juzagados, que lo afirman para los casos judiciales que han llegado hasta el alto Tribunal tras las recientes sentencias del Tribunal de Justicia europeo que ha asentado la existencia del abuso de temporalidad en el empleo público.