jueves, 7 de mayo de 2015

NOTA DE APISCAM ante la Oferta Pública de empleo 2015 de la Comunidad de Madrid con plazas TIC de Sanidad

APISCAM, asociación que cuenta entre sus socios con la mayoría del personal informático propio de los hospitales del SERMAS, Gerencias de Atención Primaria y SUMMA, ante la decisión del Gobierno de la Comunidad de Madrid de incluir  67 plazas de las categorías estatutarias de TIC de Sanidad en la Oferta de Empleo Público de la Comunidad de Madrid para el año 2015. y a la vista de los escasos nombramientos como interinos de eventuales de las categorías  de informática de los hospitales, considera que:
  • estamos, sin duda, ante un nuevo momento histórico  para las históricas reclamaciones de este colectivo que viene sufriendo una histórica situación injusta de no reconocimiento y elevada temporalidad, hasta el punto de que el 77% de ese personal TIC - en torno a 120 personas-  no está fijo en las categorías TIC de Sanidad de Madrid
  • este  tipo de paso es positivo y es necesario abordarlo en algún momento
  • el número de plazas ofertadas, 67,  resulta un número muy insuficiente para regularizar de forma estable al colectivo actual no fijo en categorías TIC , máxime cuando todavía no se encuentra regularizado en plantilla (fija o de carácter interino) de categorías TIC la mitad del colectivo
  • resulta imprescindible para  realizar  convocatoria con las plazas ahora ofertadas que antes se extienda  esta OPE con un número adicional de plazas de OPE suficiente en cada categoría para poder cubrir el número de puestos real desde el que se está realizando la función TIC en el SERMAS y no causar importantes e injustos trastornos al colectivo actual que lleva desempeñando las funciones durante muchos años, más de 10 en la mayoría; de no estar previsto que sea así, el paso que se daría sería negativo hasta el punto de que valoraríamos la impugnación de la oferta actual

  • hay que tener en cuenta a la hora de dimensionar la plantilla para el grupo C1 de las categorías TIC los puestos de función TIC que actualmente se ejercen desde la categoría de Auxiliar Administrativo; y en la de todos los grupos de categorías TIC  los que se ejercen desde sustituciones en categorías de la Función Administrativa

    en ambos casos , desarrollan funciones técnicas de informática reconocidas exclusivamente en las categorías de informática (cuyo grupo mínimo es  C1) desde puestos de categorías Administrativas
    ;en ambos casos, y hasta la convocatoria de unos puestos fijos en categoría TIC , para no verse el personal afectado de forma injusta por procesos ajenos a su función , lo que en suma podría acabar causando un daño a la propia organización (como  ya sucedió con el proceso de reordenación de las Gerencias de Atención Primaria y podría volver a suceder sin ir más lejos, , por ejemplo, con futuros concursos de traslados de las categorías de la F. Administrativa), es necesario  regularizar a todo este personal en plantilla  TIC de carácter interino (para los fijos Auxiliares Administrativos incluyendo nuevas promociones internas temporales en vacante de la categoría TIC C1 que luego podrían salir en convocatorias como plazas de  promoción interna; para el resto nombramientos interinos en nuevas vacantes, como los que ahora se plantean para algunas sustituciones )
  • también debería incluirse sin más demora en plantilla interina de las categorías TIC a todo el personal eventual de dichas categorías de larga duración que no haya sido finalmente transformado a interino en el proceso actual de conversión, tal y como parecen defender todos los partidos incluido el que gobierna.
  • dado que nunca ha habido oposiciones de categorías TIC en el SERMAS, la redacción de las convocatorias , siempre con el número de plazas total necesario apuntado, debe hacerse con cautela y tranquilidad y con aportaciones del colectivo y esta asociación, como ha sido el caso reciente de Aragón, jugando en el proceso un papel central la antigüedad en la función del personal existente durante tantos años, y  acotando por esta primera vez las plazas de promoción interna a los casos comentados del personal Auxiliar Administrativo . Es más, las primeras oposiciones de un cuerpo con personal existente deberían ser de consolidación, como recoge el EBEP, o al menos, realizarse con esa intención

Al tratarse de un colectivo que nunca ha tenido OPEs y sigue pendiente  de la normalización de las vinculaciones laborales se hace necesario un "trato especial" ante una situación especial. 
 
Esta falta actual de regularización del colectivo tiene consecuencia negativas -que se podrían agravar con unas convocatorias insuficientes- no sólo para los propios profesionales, algunos de ellos ya sumidos en el desánimo, sino también para la propia organización sanitaria, ya que pone en riesgo la experiencia y conocimiento valioso tanto de la organización como de sus procesos informáticos que ostenta este personal, y que aprovechados de una forma eficiente en todos los proyectos, incluidos los de Servicios Centrales, contribuirían verdaderamente a la sostenibilidad del sistema y a la eficacia de los proyectos. 

NOTA DEL EDITOR: Primera versión de la entrada publicada el 06/05.

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