jueves, 12 de diciembre de 2013

[Diario Médico] 'El concurso para funcionarios de carrera incluye al estatutario. El TSJ gallego recuerda que a partir del Estatuto Marco del Personal de Salud y el del Empleado Público el estatutario es un funcionario "especial". '

'En el momento actual, la relación estatutaria no deja de ser una relación funcionarial especial, lo que avala la posible participación de un estatutario en procedimientos de provisión de plazas abiertas a funcionarios. Esa es la conclusión que se desprende de la sentencia de la Sala Contenciosa del TSJ de Galicia, que resuelve en contra de la decisión de un funcionario de un Ayuntamiento gallego de excluir en el acceso a un puesto de jefe de servicio dentro del área de Recursos Humanos a los estatutarios.


El funcionario recurrió el concurso porque no se había limitado al funcionario de carrera. En primera instancia ganó el juicio, pero, ahora, el TSJ de Galicia ha revocado la sentencia. El abogado Rafael Rossi Izquierdo ha defendido a una médico, personal estatutario, que concurrió al concurso y fue codemandada en el juicio.

En las bases para la provisión del citado puesto se recogía la expresión de "empleado público", como categoría profesional necesaria para participar en el concurso. Según lo alegado por el demandante, esto se hizo de manera equivocada, pues tendría que referirse a "funcionario de carrera", y se consiguió así incluir entre los empleados públicos, al estatutario. El recurrente sostuvo su demanda en varias sentencias judiciales.
Los magistrados aclaran que estas sentencias se refiere a un momento anterior a la aprobación del Estatuto Marco de Personal Estatutario de los Servicios de Salud, recogido en la Ley 55/2003, y anterior también al Estatuto Básico del Empleado Público, en la Ley 7/2007.

A partir de la entrada en vigor de las citadas normas, "la perspectiva es completamente diferente, pues dentro del concepto de funcionario de carrera tiene perfecta cabida el personal estatutario al que se considera una relación funcionarial especial". De este modo, continúan aclarando los magistrados, "resulta superflua la pretensión de sustituir la expresión empleado público por la de funcionario de carrera, ya que el personal estatutario figura comprendido tanto en uno como en otro concepto".'

Fuente y noticia completa: Diario Médico 09/12/2013

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