lunes, 8 de julio de 2013

[Diario Médico] 'Sanidad debe justificar si no convoca plazas de interino. La Asociación de Médicos de Sanidad Exterior gana el recurso contra un concurso de plazas convocado por el Estado calificado de arbitrario'

'La Administración, en todos sus niveles, tiene una potestad de autoorganización en la que se ampara para tomar decisiones que, en cuestiones relacionadas con selección de personal, pueden dar la impresión de ser arbitrarias. Sin embargo, no lo pueden ser, pues el derecho a la igualdad guía tanto el acceso a la función pública como el desarrollo profesión dentro de ésta.

Así lo ha recordado una sentencia de la Sala Contenciosa de la Audiencia Nacional que da la razón a la Asociación de Médicos de Sanidad Exterior (AMSE) en el recurso presentado contra una orden de 20 de julio de 2011, que convocaba un concurso específico para la provisión de puestos de trabajo relativos a Médicos de Sanidad Exterior.


Esta asistencia es una competencia sanitaria dependiente del Estado, formada por un centenar de facultativos repartidos en centros de vacunación de viajeros internacionales y en puestos de vigilancia de tráfico internacional.

Pues bien, en la convocatoria de plazas recurridas el Estado no incluyó algunas, que estaban cubiertas por interinos. La sentencia no especifica cuántas, pero sí detalla que "algunas cubiertas por interinos sí se incluyeron y otras no". Esa conducta fue calificada de arbitraria por el Juzgado Central de lo Contencioso número 7, que dio la razón a la asociación de médicos. Pero, el Estado recurrió la decisión ante la Audiencia Nacional con el argumento de que la Administración tiene la potestad de autoorganización.

En su razonamiento, el tribunal comienza por "reconocer esas facultades organizativas de la Administración. Ahora bien, la cuestión son las razones en las que se basa la Administración para no ofertar todos los puestos de trabajo ocupados por interinos". Pues bien, tras esfuerzos deliberativos para encontrar los argumentos de la Administración que justifiquen su decisión, la Audiencia no encuentra ninguno.

El punto de partida es la provisión de puestos de trabajo de funcionarios de carrera. Dentro de la Administración Pública, la sentencia recuerda que existen empleados públicos interinos o contratados que desempeñan puestos de trabajo reservados a funcionarios. Por ello se convocan concursos específicos "en los que se ofrece un número determinado de plazas, pero se deben justificar las razones organizativas de la Administración para no convocar todos los ocupados por interinos".

En este caso la Administración no lo ha hecho, ni en la orden de la convocatoria, ni en su recurso ante la Audiencia Nacional. Este comportamiento "revela que existe un funcionamiento administrativo irregular al no justificarse las circunstancias que exigen ofrecer unos determinados puestos de trabajo y otros no".

En otro párrafo de la sentencia, el tribunal señala la obligación del Estado de, "en el ejercicio de su potestad de organización, explicar el interés público que se trata de proteger y exponer los criterios seguidos para aplicar ese tratamiento diferenciado a unas y otras plazas". La Audiencia impone el pago de las costas al Estado.'

Fuente y noticia completa: Diario Médico 01/07/2013

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