lunes, 7 de abril de 2008

Los derechos reconocidos en firme por lo social vinculan a lo contencioso

Antes de que estuviera vigente el Estatuto Marco los litigios entre la Administración y el personal estatutario se dilucidaban en los juzgados y tribunales del orden social. Con posterioridad a su entrada en vigor surgió una polémica acerca de cuál era la jurisdicción competente para enjuiciar esta materia. El Tribunal Supremo zanjó la cuestión, decantándose a favor del orden contencioso-administrativo.

En este estado de cosas, cabe preguntarse qué pasa con los derechos reconocidos al personal estatutario por un órgano de la jurisdicción social. Pues bien, el Juzgado de lo Contencioso-administrativo número 1 de Granada ha dado respuesta a esta cuestión. Según el juzgado, la sentencia firme del orden jurisdiccional social que declara derechos del estatutario vincula al contencioso. "

Fuente: Diario Médico

No hay comentarios: